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Actualidad Internacional

Hasta 10 años de demora

TEDH condena a Albania por excesiva demora de tribunales para resolver causas judiciales

Las autoridades nacionales deben esforzarse por cumplir los requisitos del “plazo razonable” del Convenio mediante, entre otras medidas, la reducción del elevado retraso en los tribunales de apelación mediante la cobertura de vacantes judiciales pertinentes y la dotación de recursos humanos adecuados y otro apoyo necesario al poder judicial.

Por LUIS EDWARDS TAPIA·31 de mayo de 2025·3 min de lectura
imagen: radioatacamanuevomundo
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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) acogió la demanda deducida contra Albania por la demora excesiva de los tribunales nacionales para resolver procesos judiciales, en forma injustificada y desproporcionada. Constató una violación a los artículos 6.1 (derecho a un juicio justo) y 13 (derecho a un recurso efectivo) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Los demandantes interpusieron recursos relacionados con la duración de sus procesos judiciales en Albania. Cuestionaron la prolongación de dos procedimientos contra bancos locales, que superaron los diez años. En estos casos, el Tribunal Constitucional albanés reconoció que el Tribunal Supremo no resolvió en el plazo de 45 días establecido por ley, pero desestimó la existencia de una vulneración al derecho al plazo razonable.

Otro caso se centró en un procedimiento por despido presuntamente injustificado contra un organismo estatal, con una duración superior a nueve años. El Tribunal Supremo consideró que la demora se encontraba relacionada con el proceso de reforma judicial iniciado en 2016, que incluyó modificaciones constitucionales, cambios en la composición del Tribunal Supremo y evaluaciones de jueces. En consecuencia, determinó que no se había afectado el derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable. Por este motivo demandaron al Estado ante el TEDH.

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