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Actualidad Internacional

Prohibición de tratos inhumanos o degradantes

Ucrania debe indemnizar a hombre que sufrió abusos tras ser internado forzosamente en un hospital psiquiátrico, resuelve el TEDH

Las autoridades nacionales no establecieron el marco jurídico y reglamentario necesario en lo que respecta a las medidas médicas en los establecimientos psiquiátricos, en particular en lo que respecta a las investigaciones de las quejas interpuestas para impugnar tales medidas.

Por LUIS EDWARDS TAPIA·07 de junio de 2025·3 min de lectura
imagen: medicinapreventiva
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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) acogió la demanda deducida contra Ucrania por vulnerar los derechos de un imputado que fue internado forzosamente en un hospital psiquiátrico, sin contar con la posibilidad de impugnar la decisión judicial que ordenó esta medida. Constató una violación a los artículo 5.1 (derecho a la libertad y a la seguridad), 3 (prohibición de los tratos inhumanos o degradantes) y 13 (derecho a un recurso efectivo) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Un ciudadano ucraniano fue arrestado en estado de embriaguez y con heridas corporales por un presunto intento de homicidio. Un informe psiquiátrico concluyó que no presentaba trastornos mentales, pero recomendó su hospitalización. El tribunal determinó que, debido a su estado mental, era penalmente irresponsable. En 2012, fue trasladado a un hospital psiquiátrico de alta seguridad, donde se le diagnosticó un trastorno de la personalidad.

Durante su internamiento, se le administraron tratamientos forzosos y se alegaron condiciones restrictivas y de hacinamiento. Las autoridades judiciales aprobaron en tres ocasiones la continuidad del tratamiento sin su presencia. En 2014, un tribunal rechazó prorrogar las medidas médicas coercitivas, y el hombre fue liberado el mismo año. Posteriormente, presentó una demanda civil, obteniendo una indemnización por internamiento ilegal. Posteriormente, demandó al Estado ante el TEDH.

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