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Opinión

Simulación y subterfugio fuera de la unidad económica.

La simulación y el subterfugio mantienen su autonomía material respecto del fenómeno de la unidad económica y, por ende, resultan también aplicables a hipótesis distintas de la prevista en el artículo 3° inciso cuarto del Código del Trabajo.

Por Claudio Palavecino Cáceres·21 de agosto de 2021·1 min de lectura
Imagen: esss.com
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La simulación y el subterfugio mantienen su autonomía material respecto del fenómeno de la unidad económica y, por ende, resultan también aplicables a hipótesis distintas de la prevista en el artículo 3° inciso cuarto del Código del Trabajo . . .

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