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Legislativo

Deudores CAE

Proyecto de ley busca reforzar garantías de debido proceso en cobros de créditos universitarios

La iniciativa modifica la Ley N°20.027 para exigir instancias efectivas de defensa previa antes de ejecutar embargos u otras medidas patrimoniales en procedimientos de cobranza de créditos con aval del Estado y Fondo Solidario.

Por Tamara Francisca Bascur Muñoz·13 de mayo de 2026·4 min de lectura
Imagen: chatgpt.com/Tamara
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La diputada Nathalie Castillo (A), junto las parlamentarias Ana María Gazmuri, Lorena Pizarro y Carolina Tello presentaron un proyecto de ley que modifica la Ley N°20.027, sobre financiamiento de estudios de educación superior, con el objeto de fortalecer las garantías del debido proceso en los procedimientos de cobranza de créditos universitarios, especialmente aquellos asociados al Crédito con Aval del Estado (CAE) y al Fondo Solidario de Crédito Universitario (FSCU).

La iniciativa surge en el contexto de las medidas de cobro impulsadas por el Ministerio de Hacienda durante las primeras semanas de la administración del Presidente José Antonio Kast, las que se han concentrado en la recuperación compulsiva de créditos educacionales mediante acciones ejecutadas por la Tesorería General de la República (TGR). Según expone el texto, esta política ha generado un escenario de alta vulnerabilidad para miles de profesionales, técnicos y estudiantes deudores.

El proyecto sostiene que la implementación de cobranzas masivas “ignora la precariedad del mercado laboral actual y la incapacidad de pago real de una parte significativa de las y los deudores”, agregando que las medidas impulsadas por Hacienda responden a una lógica “meramente recaudatoria” que no considera adecuadamente el impacto social asociado a este tipo de deudas.

Asimismo, se advierte que el inicio de embargos afecta la liquidez de hogares cuyos ingresos no han crecido proporcionalmente a los intereses acumulados por los créditos, profundizando además la concepción de la educación como un bien de consumo privado. El texto agrega que el sistema actual termina trasladando a las personas las consecuencias de un modelo de financiamiento que originalmente debía garantizar mayores oportunidades de desarrollo.

En los fundamentos jurídicos de la moción se plantea que los créditos universitarios, aun cuando cuentan con garantía estatal, tienen naturaleza civil y no tributaria, razón por la cual —según sostiene la propuesta— no correspondería aplicar mecanismos administrativos de cobro propios de obligaciones tributarias. En ese sentido, se cuestiona la utilización de facultades de la Tesorería General de la República bajo procedimientos sumarios y ejecutivos, por estimarse incompatibles con garantías básicas del debido proceso.

La iniciativa argumenta que actualmente el deudor posee escasas posibilidades de defensa frente a procedimientos de cobro impulsados por la TGR, a diferencia de lo que ocurre en un juicio ejecutivo civil, donde existe la posibilidad de discutir la procedencia de la deuda, alegar prescripción o controvertir montos adeudados. “Una persona no puede estar toda la vida con la amenaza de un embargo por una deuda de hace 10 o 15 años que el Estado nunca gestionó a tiempo”, señala el documento.

El texto añade que el procedimiento vigente vulneraría garantías constitucionales como el derecho al debido proceso consagrado en el artículo 19 N°3 de la Constitución, el derecho a defensa jurídica, la garantía del juez natural y los principios de proporcionalidad y razonabilidad. Según la propuesta, el Estado termina actuando “como juez y parte” al decidir el monto, la forma de cobro y ejecutar medidas patrimoniales sin intervención judicial previa suficiente.

También se cuestiona la proporcionalidad de medidas cautelares como retenciones y embargos aplicadas a personas que muchas veces enfrentan dificultades económicas derivadas de contextos laborales precarios. El proyecto indica que las herramientas utilizadas para el cobro de obligaciones tributarias son trasladadas indebidamente a deudas civiles, afectando especialmente a profesionales jóvenes y sectores medios.

Entre los antecedentes expuestos se señala que numerosas deudas originalmente menores han aumentado considerablemente producto de intereses y recargos acumulados durante años. Asimismo, se menciona que los mecanismos de repactación exigen pagos iniciales elevados que, en la práctica, resultan difíciles o imposibles de cumplir para una parte importante de los deudores.

A modo de ejemplo, el documento menciona casos de personas con deudas originalmente cercanas a $18 millones que actualmente superan los $40 millones, enfrentando además exigencias de pago inicial cercanas al 10% del monto adeudado para acceder a mecanismos de repactación.

La propuesta legislativa aclara que no tiene por finalidad impedir el cobro de las deudas educacionales ni establecer mecanismos de condonación, sino asegurar que los procedimientos de ejecución respeten estándares mínimos de defensa judicial efectiva y proporcionalidad.

En concreto, el proyecto propone incorporar un nuevo inciso final al artículo 18 bis de la Ley N°20.027, estableciendo que en el ejercicio de acciones de cobranza deberá garantizarse al deudor una instancia efectiva para oponer excepciones, especialmente respecto de la prescripción de la acción, antes de ejecutar medidas que impliquen afectaciones patrimoniales relevantes. Asimismo, dispone que todo procedimiento deberá contemplar instancias de conocimiento y resolución judicial suficientes para el adecuado ejercicio del derecho a defensa.

Vea texto moción Boletín N°18197-04 y siga su tramitación aquí.

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