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Judicial

Seguridad del consumidor

Inmobiliaria deberá indemnizar a clienta lesionada que cayó en pasillo mojado

La Corte de Iquique confirmó el pago de $5.735.438 por los daños materiales y morales sufridos por la afectada, al estimar que la empresa no adoptó medidas para advertir o evitar el accidente. La multa fiscal fue rebajada de 300 a 20 UTM.

Por Elke von Loebenstein·24 de julio de 2026
Imagen: ChatGPT/Elke
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La Corte de Apelaciones de Iquique confirmó la sentencia dictada por el Tercer Juzgado de Policía Local de la ciudad que condenó a una inmobiliaria por la caída de una clienta que visitaba departamentos ofrecidos en venta por la empresa.

El fallo de primera instancia tuvo por demostrado que la caída ocurrió porque uno de los pasillos del edificio se encontraba mojado y no tenía las medidas de seguridad correspondientes para advertir o evitar el accidente.

La mujer sufrió lesiones graves después de resbalar en un pasillo mojado del Edificio.

Por este hecho, la inmobiliaria deberá pagarle un total de $5.735.438. Esta suma corresponde a la indemnización por los gastos y pérdidas económicas provocados por el accidente, además del daño moral sufrido por la afectada.

El tribunal concluyó que la inmobiliaria actuó de manera negligente e incumplió su obligación de proteger la seguridad de los consumidores durante la venta de un bien o la prestación de un servicio.

Sin embargo, el tribunal de alzada redujo la multa a beneficio fiscal a que se condenó a la inmobiliaria. La sanción, fijada originalmente en 300 UTM, fue rebajada a 20 UTM.

Vea sentencia Corte de Iquique Rol N°40-2026.

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