Judicial
Deber de seguridad en autopistas
Corte Suprema confirma responsabilidad de concesionaria por accidente en Ruta 5 Sur y rechaza casación
El máximo tribunal mantuvo la condena por daño moral al estimar que la empresa incumplió su obligación de seguridad al no evitar el ingreso de un peatón a la calzada, descartando errores de derecho en la sentencia

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por la parte demandada en el marco de un juicio ordinario de indemnización de perjuicios seguido ante el Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Santiago, confirmando la sentencia que condenó a Ruta del Maule Sociedad Concesionaria al pago de $3.000.000.- por concepto de daño moral.
En primera instancia, el tribunal había desestimado la demanda principal por responsabilidad contractual, acogiendo parcialmente la acción subsidiaria de responsabilidad extracontractual y fijó una indemnización de $5.000.000.-, la que posteriormente fue rebajada por la Corte de Apelaciones de Santiago a $3 millones.
La controversia se originó a partir de un accidente ocurrido el 19 de febrero de 2016, cuando el demandante, que conducía por la Ruta 5 Sur a la altura del kilómetro 254, colisionó con un peatón que ingresó sorpresivamente a la calzada con la intención de cruzarla, resultando este último con lesiones graves. Producto del impacto, el vehículo sufrió daños y sus ocupantes resultaron con lesiones leves, mientras que el conductor fue posteriormente sobreseído en sede penal, al establecerse que la víctima se expuso al riesgo al transitar por la vía sin medidas de seguridad.
El demandante sostuvo que la concesionaria incumplió su obligación de garantizar condiciones de seguridad en la autopista, al no adoptar medidas que impidieran el acceso de peatones a la calzada, lo que habría permitido la ocurrencia del accidente. En tanto, la demandada alegó que el hecho se debió a la conducta temeraria e imprevisible de un tercero, lo que excluiría su responsabilidad conforme a la normativa aplicable.
Al conocer del recurso, la Corte Suprema señaló que los jueces de instancia establecieron como hecho que la concesionaria no adoptó las medidas necesarias para evitar el ingreso del peatón a la autopista, incumpliendo así su deber legal de garantizar la seguridad de los usuarios de la vía, conforme a lo dispuesto en la Ley de Concesiones de Obras Públicas y su reglamento.
En este sentido, el máximo tribunal recordó que la obligación del concesionario implica mantener las vías en condiciones de normalidad, libres de perturbaciones y riesgos, lo que resulta incompatible con la presencia de peatones en la calzada, debiendo adoptarse medidas para evitar este tipo de situaciones.
Asimismo, precisó que los cuestionamientos planteados por la recurrente se dirigían principalmente a la valoración de la prueba y a la determinación de los hechos, materias que son de competencia de los jueces de instancia y que no pueden ser revisadas en sede de casación, salvo vulneración de normas reguladoras de la prueba, lo que no fue acreditado en el caso.
La Corte también desestimó las alegaciones relativas a la supuesta inversión de la carga de la prueba y a la incorrecta aplicación de presunciones judiciales, indicando que los hechos establecidos en el proceso permiten concluir el incumplimiento del deber de seguridad por parte de la concesionaria.
En consecuencia, el máximo tribunal concluyó que no se configuraron infracciones de ley que influyeran sustancialmente en lo dispositivo del fallo, razón por la cual rechazó el recurso de casación en el fondo, manteniendo la sentencia que condena a la concesionaria al pago de indemnización por daño moral al demandante.
Vea sentencia Corte Suprema Rol Nº21.616-2025, Corte de Santiago Rol Nº18.092-2022 (Civil) y del Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Santiago Rol C-39.832-2018.
Temas
Te puede interesar

Judicial
Municipalidad de Coyhaique deberá reparar daño ambiental causado por Planta de Tratamiento de Aguas Servidas

Judicial
CS emite informe que cuestiona proyecto de ley que fortalece responsabilidad parental

Judicial
Suprema valida autodespido por cotizaciones impagas

Judicial
Suprema valida control policial tras fuga
Newsletter
Lo esencial del derecho, cada mañana
Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.