Judicial
Recurso de casación en el fondo acogido.
Aceptar los hechos dañosos en el juicio abreviado constituye una renuncia tácita a la prescripción de la acción civil, en los términos del artículo 2494 del Código Civil.
Resolvió que la aceptación de los hechos en la audiencia ante el juez de garantía constituyó una renuncia tácita a la prescripción de la acción civil, por lo que el plazo de prescripción no se había cumplido al momento de presentar la demanda de indemnización de perjuicios en sede civil.

Resolvió que la aceptación de los hechos en la audiencia ante el juez de garantía constituyó una renuncia tácita a la prescripción de la acción civil, por lo que el plazo de prescripción no se había cumplido al momento de presentar la demanda de indemnización de perjuicios en sede civil . . .
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