Inaplicabilidad por inconstitucionalidad
Requerimiento de inaplicabilidad
Se impugna ante el TC norma que ordena tasar costas según “ley de aranceles” inexistente
El requirente sostiene que la norma que ordena tasar las costas conforme a una inexistente ley de aranceles abre espacio a decisiones arbitrarias y afecta la igualdad ante la ley, además de imponer una carga económica que dificulta el acceso a la justicia. La impugnación se presenta en el marco de un juicio civil donde fue condenado al pago de costas tras rechazarse su demanda por prescripción.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 140 del Código de Procedimiento Civil, particularmente la frase “El tribunal de la causa, en cada instancia, regulará el valor de las personales, y avaluará también las procesales con arreglo a la ley de aranceles” contenida en su inciso segundo.
La disposición legal impugnada establece lo siguiente:
Artículo 140.- (…) El tribunal de la causa, en cada instancia, regulará el valor de las personales, y avaluará también las procesales con arreglo a la ley de aranceles. Esta función podrá delegarla en uno de sus miembros, si es colegiado, y en su secretario respecto de las costas procesales”. (Art. 140, inciso 2°, Código de Procedimiento Civil).
La gestión pendiente en que incide el requerimiento corresponde a un juicio sobre indemnización de perjuicios seguido contra el Fisco de Chile, tramitado ante el Segundo Juzgado de Letras en lo Civil de Punta Arenas. En dicho procedimiento, la demanda fue rechazada por acogerse la excepción de prescripción opuesta por el Consejo de Defensa del Estado, condenándose a la parte demandante al pago de las costas del juicio.
El requirente sostiene que la aplicación del precepto impugnado vulnera el derecho a la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos y el derecho a un procedimiento racional y justo consagrados en el artículo 19 N° 3 de la Constitución, así como el derecho a la igualdad ante la ley del artículo 19 N° 2.
Alega que no existe actualmente una «ley de aranceles» vigente que permita tasar objetivamente las costas, lo que genera arbitrariedad e incertidumbre.
Además, argumenta que la condena en costas impone una carga económica desproporcionada que restringe el acceso a la justicia, especialmente para quienes litigan contra el Estado.
La Primera Sala del Tribunal Constitucional deberá resolver si admite a trámite el requerimiento y confiere traslado a las partes de la gestión pendiente para que se pronuncien sobre su admisibilidad. En caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo del asunto.
Vea requerimiento y expediente Rol N° 17139-25-INA.
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