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Corte Suprema confirma sentencia.

Abuela paterna demandada debe contribuir al sustento de su nieto de acuerdo a sus facultades.

El fundamento que sostiene el recurso, en orden a que no quedó establecida la real carencia de recursos del progenitor, no es efectivo, no siendo requisito que se declare judicialmente la incapacidad económica del padre, pues, no está establecido en la ley y generaría una dilación en la satisfacción de las necesidades del niño.

Por Carolina Paz Angulo Santana, Elke von Loebenstein·09 de noviembre de 2023·1 min de lectura
Abuela paterna demandada debe contribuir al sustento de su nieto de acuerdo a sus facultades.
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El fundamento que sostiene el recurso, en orden a que no quedó establecida la real carencia de recursos del progenitor, no es efectivo, no siendo requisito que se declare judicialmente la incapacidad económica del padre, pues, no está establecido en la ley y generaría una dilación en la satisfacción de las necesidades del niño . . .

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