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Controles obligatorios

Control preventivo y obligatorio de constitucionalidad.

Proyecto de ley que reconoce el acceso a internet como un servicio público de telecomunicaciones, se ajusta a la Constitución.

Los Ministros Vásquez, Fernández y Mery, y la Ministra Peredo, previenen que concurren a declarar constitucional el artículo 24 C, inciso tercero, de la Ley General de Telecomunicaciones, en el entendido de que las medidas excepcionales y provisorias que se adopten para garantizar que los operadores de infraestructura y los proveedores del servicio público de telecomunicaciones puedan iniciar el despliegue y la provisión del servicio a la comunidad, durante los estados de excepción, no pueden implicar suspensión o restricción de derechos fundamentales.

Por Elke von Loebenstein·25 de junio de 2024·1 min de lectura
Proyecto de ley que reconoce el acceso a internet como un servicio público de telecomunicaciones, se ajusta a la Constitución.
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Los Ministros Vásquez, Fernández y Mery, y la Ministra Peredo, previenen que concurren a declarar constitucional el artículo 24 C, inciso tercero, de la Ley General de Telecomunicaciones, en el entendido de que las medidas excepcionales y provisorias que se adopten para garantizar que los operadores de infraestructura y los proveedores del servicio público de telecomunicaciones puedan iniciar el despliegue y la provisión del servicio a la comunidad, durante los estados de excepción, no pueden implicar suspensión o restricción de derechos fundamentales . . .

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