8°C · Nublado·Santiago·Sábado, 08 de agosto de 2026

Cartas al Director

Subsidiariedad

La subsidiariedad y la solidaridad, lejos de ser conceptos antagónicos, son totalmente compatibles entre sí. Tal dicotomía no existe: un Estado puede perfectamente ser solidario y subsidiario a la vez. El bien común exige respetar el principio de subsidiariedad.

Por Redacción·03 de abril de 2023·1 min de lectura
Imagen: blog.grupogen.com.br
Imagen referencial

La palabra subsidiariedad viene del latín subsidiumque significa “ayuda, auxilio”. La subsidiariedad ha sido definida como la no absorción de las sociedades menores por parte de las mayores y como la autonomía de los cuerpos intermedios entre el hombre y el Estado.

El principio de subsidiariedad supone la aceptación del derecho de propiedad privada y de la libre iniciativa en el campo económico. El Estado debe permitir a los ciudadanos asociarse, actuar y desarrollarse libremente y favorecer la iniciativa privada.

El Estado debe actuar en su ámbito propio, sin invadir el campo de los cuerpos intermedios. Sin embargo, cuando a éstos no les interesa, no quieren o no pueden desarrollar ciertas actividades que son necesarias para la comunidad nacional, el Estado debe actuar en subsidio.

Te puede interesar

Newsletter

Lo esencial del derecho, cada mañana

Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.