Cartas al Director
La credibilidad judicial no se declara: se reconstruye corrigiendo injusticias
Las declaraciones de la nueva presidenta de la Corte Suprema sobre la pérdida de credibilidad del Poder Judicial reconocen implícitamente una crisis profunda, pero no abordan sus causas estructurales: la existencia de estándares judiciales diferenciados, la erosión del debido proceso y la falta de corrección efectiva de decisiones injustas.

Desde una perspectiva de ética pública, la legitimidad de la justicia no depende de declaraciones de principios ni de cambios de liderazgo, sino de la capacidad real del sistema para revisar sus propias decisiones y corregir el daño causado cuando se ha equivocado.
Las declaraciones de la nueva presidenta de la Corte Suprema, publicadas en El Mercurio, domingo 11 de enero, Cuerpo C8, en el reportaje referido a la pérdida de credibilidad del Poder Judicial y a la eventual revisión de sentencias, reconocen implícitamente la existencia de una crisis profunda y sostenida en el tiempo. Dicho diagnóstico, por lo demás, no resulta novedoso. Lo verdaderamente alarmante es que, más allá de su constatación, no se advierten señales concretas orientadas a corregir las causas estructurales que han erosionado esa legitimidad.
La credibilidad de un sistema judicial no se restablece mediante declaraciones institucionales ni por el solo recambio de autoridades. Se reconstruye únicamente cuando se garantiza, en los hechos, la igualdad ante la ley y el respeto irrestricto al debido proceso. Cuando amplios sectores de la ciudadanía perciben —con fundamentos objetivos— que existe un sistema judicial excepcional aplicado solo a determinados grupos, la crisis deja de ser comunicacional y pasa a ser una crisis de legalidad.
Las numerosas cartas publicadas en el Diario Constitucional han descrito de forma reiterada y consistente prácticas que tensionan gravemente el Estado de Derecho: aplicación retroactiva del derecho penal, utilización de ficciones jurídicas, restricciones sistemáticas al derecho a defensa, revisión de sentencias con efectos agravatorios, eliminación de beneficios ya concedidos y un trato penitenciario incompatible con estándares humanitarios mínimos, especialmente respecto de adultos mayores y personas gravemente enfermas. Estos hechos, en su esencia, no han sido desmentidos.
Resulta particularmente inquietante que el recurso de revisión —concebido históricamente como una garantía frente al error judicial— sea hoy percibido como un riesgo cierto de agravamiento de condenas. Cuando recurrir deja de ser una garantía y pasa a operar como una amenaza, el sistema abandona su carácter garantista y adopta una lógica punitiva incompatible con los principios básicos de la justicia penal.
En este contexto, invocar la necesidad de “recuperar la confianza” sin abordar la coexistencia de estándares judiciales diferenciados, sin revisar sentencias dictadas prescindiendo de pruebas, evidencias o testigos, sin corregir la aplicación de normas inexistentes o no vigentes a la época de los hechos, y sin restablecer un único sistema judicial para todos los ciudadanos, resulta insuficiente y éticamente inquietante.
La credibilidad no se administra ni se decreta. Se construye corrigiendo injusticias concretas. Mientras no exista una voluntad explícita de enfrentar estas prácticas y reparar el daño causado, no hay indicios serios de que la crisis del Poder Judicial vaya a revertirse. Persistir en diagnósticos sin corrección del daño no solo prolonga el problema, sino que profundiza la brecha entre la justicia formal y la justicia que la ciudadanía percibe como legítima.
Christian Slater Escanilla
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