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Cartas al Director

Caducidad e invalidación de los permisos de edificación

La Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) establece plazos estrictos para la vigencia de los permisos de edificación con el fin de evitar especulación inmobiliaria. Sin embargo, prácticas irregulares y omisiones de las Direcciones de Obras Municipales (DOM) han facilitado su mal uso, generando perjuicios económicos para los municipios cuando se actúa fuera del marco legal.

Por Redacción·16 de junio de 2025·2 min de lectura
Imagen: CNN
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En relación a los permisos de edificación otorgados por las Direcciones de Obras Municipales (DOM), la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) establece que ellos caducan automáticamente en el plazo de 3 años, si sus titulares no ejecutan en los terrenos de los respectivos proyectos inmobiliarios, ciertas faenas preliminares o bien si las obras se mantienen paralizadas por el mismo período de tiempo.

El sano propósito de esa disposición es evitar que el dueño del terreno, al disponer de ese acto administrativo pero sin construir, obtenga una plusvalía impropia al venderlo en el mercado, ya que es muy distinta la fijación del precio de solo un terreno, versus si dicho terreno cuenta con un permiso que se rija por las normas urbanísticas de cada comuna.

En nuestra institucionalidad, si se modifican las reglas del juego contenidas en los Planes Reguladores Comunales (PRC), haciéndolas más restrictivas, el titular de ese permiso conserva las características del mismo y por ello hay una cierta tendencia en el mercado oferente para que no se aplique el artículo 1.4.17 de la OGUC que define con suma claridad la materia. Si existen modificaciones en los PRC y si son más permisivas, el titular del permiso se puede acoger a las nuevas disposiciones.

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