8°C · Nublado·Santiago·Sábado, 08 de agosto de 2026

Asuntos de Interés Público

Recurso de unificación de jurisprudencia rechazado.

Si el despido fue declarado improcedente no corresponde descontar al trabajador los montos aportados por el empleador al seguro de cesantía, resuelve la Corte Suprema.

El descuento se permite únicamente cuando la causal de despido es aquella contemplada en el artículo 161 del Código del Trabajo, esto es, por necesidades de la empresa, y se acredita, lo que en la especie no ocurrió.

Por Felipe Godoy·15 de noviembre de 2022·1 min de lectura
Imagen: AS Chile.
Imagen referencial

El descuento se permite únicamente cuando la causal de despido es aquella contemplada en el artículo 161 del Código del Trabajo, esto es, por necesidades de la empresa, y se acredita, lo que en la especie no ocurri . . .

🔒 Contenido Premium

Te puede interesar

Newsletter

Lo esencial del derecho, cada mañana

Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.