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Asuntos de Interés Público

Recurso de casación en el fondo rechazado.

Obligación del demandante de notificar la interlocutoria de prueba no cesa por las prórrogas a los plazos de las etapas procesales contenidas en la Ley N°21.226.

El recurrente no puede excusar su pasividad en la emergencia sanitaria para oponerse al abandono del procedimiento, pues era su responsabilidad hacer avanzar el juicio mediante la notificación de la resolución que recibió la causa a prueba.

Por Felipe Godoy·02 de agosto de 2022·1 min de lectura
Obligación del demandante de notificar la interlocutoria de prueba no cesa por las prórrogas a los plazos de las etapas procesales contenidas en la Ley N°21.226.
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El recurrente no puede excusar su pasividad en la emergencia sanitaria para oponerse al abandono del procedimiento, pues era su responsabilidad hacer avanzar el juicio mediante la notificación de la resolución que recibió la causa a prueba . . .

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