Asuntos de Interés Público
Recurso de casación en el fondo acogido.
La fecha de suscripción del pagaré no debe ser confundida con la fecha de emisión del mismo al tenor de la facultad establecida en el artículo 107 de la Ley N°18.092.
La ley faculta indicar la fecha de emisión del documento al portador con posterioridad a la suscripción del mismo, por lo que en la especie no transcurrió el plazo de prescripción de la acción cambiaria invocado por el ejecutado.

La ley faculta indicar la fecha de emisión del documento al portador con posterioridad a la suscripción del mismo, por lo que en la especie no transcurrió el plazo de prescripción de la acción cambiaria invocado por el ejecutado . . .
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