3°C · Despejado·Santiago·Domingo, 09 de agosto de 2026

Asuntos de Interés Público

Dirección del Trabajo.

Guardias de seguridad o vigilantes privados que trabajen un domingo no tienen derecho a remuneración con el recargo señalado en el artículo 32 del Código del Trabajo.

El requerimiento se efectuó por la Federación Nacional de Sindicatos de empresas contratistas, subcontratistas y otros.

Por Constanza Sepúlveda Riquelme·24 de junio de 2021·1 min de lectura
www.zatacap.cl
Imagen referencial

El requerimiento se efectuó por la Federación Nacional de Sindicatos de empresas contratistas, subcontratistas y otros . . .

🔒 Contenido Premium

Te puede interesar

Newsletter

Lo esencial del derecho, cada mañana

Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.