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Asuntos de Interés Público

CGR.

Funcionarios de la JUNJI que utilicen permiso postnatal parental tienen derecho a seguir percibiendo la asignación por ejercicio de la función de dirección de jardín infantil y de supervisión de la institución.

El artículo 111 de la Ley N°18.834 prevé que las funcionarias o funcionarios tienen derecho a mantener el total de sus remuneraciones durante el uso del permiso postnatal parental.

Por Constanza Sepúlveda Riquelme·25 de marzo de 2022·1 min de lectura
Imagen: aricamia.cl
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El artículo 111 de la Ley N°18.834 prevé que las funcionarias o funcionarios tienen derecho a mantener el total de sus remuneraciones durante el uso del permiso postnatal parental . . .

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