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Asuntos de Interés Público

Recurso de casación en el fondo rechazado.

En la acción de precario no puede ser alegada la mera tolerancia en la ocupación si las partes estuvieron casadas, resuelve la Corte Suprema.

La demandante acusó que la ocupación era ignorada o meramente tolerada, pero estuvo casada con el demandado y de tal vínculo nacieron tres hijos, que viven en el inmueble junto con el ocupante. Un presupuesto de la esencia del precario lo constituye la absoluta y total carencia de cualquier relación jurídica entre el propietario y el detentador de la cosa.

Por Felipe Godoy·14 de marzo de 2023·1 min de lectura
Matrimonio con el anterior dueño del inmueble junto al hecho de que fue declarado bien familiar, son antecedentes suficientes para entender que la ocupación no es meramente tolerada.
Imagen referencial

La demandante acusó que la ocupación era ignorada o meramente tolerada, pero estuvo casada con el demandado y de tal vínculo nacieron tres hijos, que viven en el inmueble junto con el ocupante. Un presupuesto de la esencia del precario lo constituye la absoluta y total carencia de cualquier relación jurídica entre el propietario y el detentador de la cosa . . .

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