Asuntos de Interés Público
Recurso de derecho estricto.
En el recurso de casación no procede incorporar una alegación y un petitorio nuevo no planteados en la etapa de discusión, porque priva a la contraria de la posibilidad de discutir su pertinencia, en contravención a la bilateralidad de la audiencia.
Tal contradicción en la petición del recurrente constituye un intento de establecer nuevos hechos a los ya asentados en el juicio.

Tal contradicción en la petición del recurrente constituye un intento de establecer nuevos hechos a los ya asentados en el juicio . . .
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