Asuntos de Interés Público
Invalidación de oficio.
Deudas CAE cuyo titular es el Fisco son imprescriptibles, resuelve la Corte Suprema.
El artículo 13 de la Ley Nº20.027 establece que las deudas contraídas con ocasión del Crédito con Aval del Estado no prescriben, independiente de la cantidad de cuotas en que se haya emitido el pagaré en favor del deudor.

El artículo 13 de la Ley Nº20.027 establece que las deudas contraídas con ocasión del Crédito con Aval del Estado no prescriben, independiente de la cantidad de cuotas en que se haya emitido el pagaré en favor del deudor . . .
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