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#Ley Nº20.027

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Asuntos de Interés Público

Recurso de casación en el fondo acogido.

Deuda de estudios superiores (CAE) cuyo titular es el Fisco es imprescriptible, resuelve la Corte Suprema.

Por mandato expreso del artículo 13 inciso 2º de la Ley Nº20.027, la acción de cobro de las deudas contraídas por el otorgamiento del Crédito con Aval del Estado no prescriben, por lo tanto, la cantidad de cuotas o pagarés suscritos por el deudor no son susceptibles del plazo establecido en el artículo 98 de la Ley Nº18.092, para detener la acción cambiaria.

31 de octubre de 2023

Universidades pueden condicionar la entrega de títulos de postgrado si los alumnos mantienen deudas arancelarias impagas.
Asuntos de Interés Público

Recurso de casación en el fondo acogido.

No se puede incluir el CAE en la masa de deudas que se pretendan sanear mediante el procedimiento de liquidación voluntaria de bienes.

El máximo Tribunal señala que la Ley Nº20.027 es de carácter especial, por ende, debe prevalecer respecto de la Ley Nº20.720 que contiene las normas generales en materia de concurso, enfatizando que “(…) sería absurdo hacer prevaler una ley general sobre una particular”, como pretendía el deudor.

31 de julio de 2023