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Asuntos de Interés Público

Recurso de protección acogido por la Corte Suprema.

“Descuento por planilla” es un acto de autotutela y el cobro del crédito social debe perseguirse judicialmente por la vía judicial correspondiente, resuelve la Corte Suprema.

La magistratura resolvió que la Caja de Compensación Los Andes no puede descontar por planilla un crédito social, en circunstancias que no ejerció oportunamente dicho cobro en sede judicial en contra del deudor.

Por Felipe Godoy·08 de marzo de 2024·1 min de lectura
“Descuento por planilla” es un acto de autotutela y el cobro del crédito social debe perseguirse judicialmente por la vía judicial correspondiente, resuelve la Corte Suprema.
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La magistratura resolvió que la Caja de Compensación Los Andes no puede descontar por planilla un crédito social, en circunstancias que no ejerció oportunamente dicho cobro en sede judicial en contra del deudor . . .

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