Asuntos de Interés Público
SUSESO
Derecho a impetrar subsidio por incapacidad laboral prescribe en seis meses desde el término de la respectiva licencia
Dentro de ese plazo deberá haberse solicitado y cobrado el subsidio al que la licencia médica ha dado derecho.

Se presentó reclamo ante la Superintendencia de Seguridad Social en contra de una Caja de Compensación de Asignación Familiar, ya que no ha pagado el subsidio derivado del reposo indicado, a través de licencia médica por 11 días, a contar del 19 de febrero de 2021, determinación de la que discrepa.
Requerido informe, la reclamada señala que la licencia médica fue autorizada por la pertinente COMPIN, por lo que fue procesada para la autorización del subsidio, generando su pago respectivo, el que se encontró disponible para cobro en las sucursales de Banco Estado y/o ServiEstado. Sin embargo, considerando el término de ésta, prescribió de acuerdo con lo estipulado en la Ley N°18.469.
Al respecto, la autoridad señala que el artículo 155 del DFL N°1 de 2005 del Ministerio de Salud, establece que el derecho a impetrar el subsidio por incapacidad laboral prescribe en 6 meses desde el término de la respectiva licencia.
Te puede interesar

Asuntos de Interés Público
Caso Sartor: De la sanción administrativa a la investigación penal y sus efectos sobre el club de fútbol Universidad de Chile, por David Alejandro Leal Alarcón

Asuntos de Interés Público
Sitiales: cómo elegir el asiento perfecto para tu living

Asuntos de Interés Público
La contradicción de la justicia quijotesca
Newsletter
Lo esencial del derecho, cada mañana
Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.