Asuntos de Interés Público
Improcedencia de la acción de emergencia constitucional.
Decreto de lanzamiento de inmueble no puede ser impugnado mediante recurso de protección, confirma la Corte Suprema.
El Juez civil es el competente para recibir alegaciones o peticiones en la materia, y no las Cortes en sede cautelar.

El Juez civil es el competente para recibir alegaciones o peticiones en la materia, y no las Cortes en sede cautelar . . .
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