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Asuntos de Interés Público

Con dos votos en contra.

CS rechaza unificación de jurisprudencia relativo al descuento del aporte al seguro de cesantía cuando el despido es declarado injustificado.

El máximo Tribunal mantuvo la interpretación sostenida de los artículos 13 y 52 de la Ley N°19.728.

Por Constanza Sepúlveda Riquelme·07 de junio de 2021·1 min de lectura
CS acogió recurso de casación en el fondo y en sentencia de remplazo rechazó el registro de la marca «Fidelidade» solicitada por empresa del giro de seguros, por similitud gráfica y fonética con los signos «Fidelity» y «Fidelity Marketing», registrados por la oponente.
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El máximo Tribunal mantuvo la interpretación sostenida de los artículos 13 y 52 de la Ley N°19.728 . . .

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