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Asuntos de Interés Público

Recurso de casación en el fondo rechazado.

Cancelación de inscripción por título traslaticio falso requiere previamente sentencia judicial que declare la falsedad de dicha escritura.

La magistratura estimó que, no basta con que el notario de la notaría donde se extendió el documento o el propio Conservador de Bienes Raíces de Santiago reconozcan la “falta de autenticidad” del título, es menester una sentencia previa dictada en un juicio de lato conocimiento que declare falso a dicho instrumento.

Por Felipe Godoy·08 de febrero de 2024·1 min de lectura
No es procedente acompañar pruebas “a última hora” antes de una audiencia de extradición, resuelve la Corte Suprema.
Imagen referencial

La magistratura estimó que, no basta con que el notario de la notaría donde se extendió el documento o el propio Conservador de Bienes Raíces de Santiago reconozcan la “falta de autenticidad” del título, es menester una sentencia previa dictada en un juicio de lato conocimiento que declare falso a dicho instrumento . . .

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