Actualidad Internacional
Derechos laborales en sede judicial
TJUE fija criterios para compensar a jueces que realizan horas extraordinarias por falta de personal
La sentencia aborda el alcance del principio de independencia judicial y su relación con las políticas retributivas nacionales. El fallo clarifica que la normativa rumana que establece el descanso compensatorio como única vía para equilibrar las horas extraordinarias no vulnera el Derecho de la Unión, siempre que el mecanismo sea efectivo y no afecte a la suficiencia salarial del cargo. La decisión fija criterios para evitar que la sobrecarga laboral incida en la percepción pública sobre la neutralidad e imparcialidad judicial.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitió una sentencia relativa al régimen de compensación aplicable a jueces que asumen funciones adicionales derivadas de vacantes persistentes en los tribunales rumanos. El caso surgió en el Tribunal de Distrito de Galați, donde un juez alegó haber realizado durante varios años tareas correspondientes tanto a su propio puesto como a plazas sin titular, situación que, según sostuvo, generó una carga laboral equivalente a horas extraordinarias no remuneradas.
El magistrado presentó una acción judicial solicitando el pago proporcional de los salarios y complementos asociados a las plazas vacantes entre 2019 y 2021, así como para los años posteriores hasta que las vacantes fueran cubiertas. Sin embargo, el Tribunal de Distrito de Bucarest rechazó la demanda al considerar que la legislación rumana únicamente contemplaba la compensación mediante tiempo de descanso, sin prever un pago adicional por el trabajo extra.
El asunto llegó al Tribunal Superior de Bucarest, que planteó una cuestión prejudicial al TJUE. El tribunal rumano solicitó aclarar si el Derecho de la Unión permitía un régimen nacional que limitara la compensación por labores adicionales de los jueces al otorgamiento de descanso, particularmente cuando la carga de trabajo dificultara hacer uso efectivo de ese tiempo.
En su sentencia, el Tribunal de Justicia subrayó que la independencia judicial forma parte esencial del derecho a la tutela judicial efectiva. Recordó que la estabilidad retributiva y la protección frente a presiones externas son elementos que contribuyen a garantizar esa independencia. No obstante, indicó que la normativa que impide compensaciones económicas adicionales por tareas suplementarias no contraviene estos principios, siempre que el sistema de descanso compensatorio funcione adecuadamente.
El Tribunal precisó dos condiciones: el juez debe poder utilizar efectivamente el tiempo de descanso acumulado y la situación no debe afectar el nivel de remuneración necesario para salvaguardar la percepción de imparcialidad e independencia frente a los demás poderes del Estado y frente a las partes en litigio. Con estos criterios, el fallo orienta la aplicación de las normas rumanas a la luz del Derecho de la Unión sin intervenir en la resolución final del litigio interno, que queda en manos de los tribunales nacionales.
“En efecto, las normas nacionales relativas a la retribución de los jueces no deben suscitar dudas legítimas en los justiciables, por una parte, en lo que respecta a la impermeabilidad de los jueces de que se trate frente a elementos externos y en lo que respecta a su neutralidad ante los intereses en litigio ni, por otra parte, en cuanto a la independencia de los tribunales frente a los Poderes Legislativo y Ejecutivo”, señala el fallo.
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