Acción de Protección
Probidad administrativa
Destitución de funcionario que certificó obras con antecedentes falsos en hospital público se confirma por Corte Suprema
El máximo tribunal revocó el fallo de la Corte de Santiago y validó la sanción aplicada a un exfuncionario del Hospital de Urgencia Asistencia Pública, concluyendo que incurrió en una falta grave a la probidad administrativa al emitir un certificado con información falsa utilizado posteriormente para exigir pagos al Estado. Voto en contra; resolución sancionatoria no explica suficientemente la gravedad de la conducta ni la razón por la cual correspondía aplicar la máxima sanción disciplinaria

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que había acogido un recurso de protección presentado por un exfuncionario del Hospital de Urgencia Asistencia Pública y confirmó la legalidad de su destitución.
El caso se originó a raíz de un sumario administrativo instruido en 2021 para investigar la contratación y ejecución de obras realizadas en la Unidad de Quemados del hospital durante la pandemia de Covid-19. La investigación surgió debido a problemas en la regularización de los pagos de dichos trabajos.
Al funcionario, constructor civil con 14 años de servicio, se le formularon dos cargos: haber autorizado el inicio de las obras sin contar con la resolución formal que las aprobaba y haber emitido un certificado por $125 millones afirmando la existencia de una orden de compra y el cumplimiento total del contratista. Tras el sumario, fue sancionado con la destitución en junio de 2024, medida que posteriormente fue confirmada por el hospital y por la Contraloría General de la República.
El afectado alegó que la investigación se prolongó excesivamente y que las resoluciones no explicaban adecuadamente por qué sus actuaciones constituían una falta grave a la probidad. También sostuvo que no se consideró el contexto excepcional de la pandemia ni las circunstancias atenuantes que favorecían su posición.
La Corte de Apelaciones de Santiago acogió inicialmente el recurso al estimar que la resolución de destitución carecía de fundamentos suficientes para justificar la gravedad de la sanción aplicada.
Sin embargo, la Corte Suprema concluyó que la responsabilidad administrativa del funcionario quedó acreditada. Señaló que, aunque existieron instrucciones verbales para ejecutar las obras, ello no lo autorizaba a iniciar los trabajos sin el acto administrativo correspondiente. Además, estableció que el certificado emitido contenía información falsa, pues hacía referencia a una orden de compra inexistente y a antecedentes que no se ajustaban a la realidad.
El máximo tribunal destacó que no se trató de un simple error, sino de un documento que permitió al contratista exigir pagos al Estado y que incluso fue utilizado como prueba en un juicio civil seguido contra el hospital. Por ello, estimó que la conducta constituía una falta grave a la probidad administrativa y justificaba la aplicación de la sanción de destitución.
La sentencia también descartó que existieran ilegalidades en la tramitación del sumario o en la actuación de la Contraloría, señalando que el funcionario pudo ejercer plenamente su derecho a defensa y que todas sus alegaciones fueron debidamente analizadas tanto por la autoridad administrativa como por el órgano de control.
Finalmente, la Corte Suprema rechazó el recurso de protección y confirmó la destitución del exfuncionario. La decisión fue adoptada con el voto en contra de dos abogados integrantes, quienes estimaron que la resolución sancionatoria no explicaba suficientemente la gravedad de la conducta ni la razón por la cual correspondía aplicar la máxima sanción disciplinaria.
Vea sentencia sentencia Corte Suprema Rol N°41498-2025 y Corte de Santiago Rol N°2574-2025.
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