
Amparo acogido
Extinción de filiación por adopción plena extingue la obligación alimenticia
Corte ordena reliquidar deuda solo hasta fecha de adopción plena. La filiación entre el amparado y el alimentario se extinguió en julio de 2023 por adopción plena. El apremio carecía de sustento fáctico al basarse en una obligación inexistente
22 de noviembre de 2025













