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#ABONO

Imagen: actualicese.com
Recurso de Nulidad

Recurso de nulidad acogido por Corte de Valparaíso.

Primer año de cumplimiento efectivo de la pena privativa de libertad impuesta exigido por el artículo 196 ter de la Ley N°18.290, se debe dar por cumplido si el condenado ya estuvo privado de libertad en prisión preventiva por un lapso superior a un año.

Ahora, si la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva fuere revocada, al sentenciado deberá abonársele además los 160 días restantes que se mantuvo en prisión preventiva.

13 de febrero de 2025

Imagen: actualicese.com
Recurso de Nulidad

Recurso de nulidad rechazado.

Eventual error en el cómputo de los abonos de la pena no justifica la anulación del fallo, resuelve Corte de Santiago.

No se está cuestionando la existencia del delito ni la participación de la condenada, sino únicamente el cálculo del tiempo que debe cumplir efectivamente en prisión, lo que es de carácter administrativo, ya que se refieren a la ejecución de la sentencia y no a un defecto sustancial y esencial de derecho estricto.

08 de febrero de 2025