Proyectos de Ley
Proyecto pasa al Senado en segundo trámite constitucional
Diputados aprueban porte permanente de armas para Carabineros
Proyecto de ley autoriza a funcionarios policiales a portar armas de cargo incluso fuera de servicio, tanto dentro como fuera de las reparticiones de la institución, en las condiciones que establezca el reglamento respectivo. Dicho reglamento deberá determinar el escalafón de los funcionarios autorizados, las características de las armas de cargo, los requisitos para su uso y los protocolos para su manejo, custodia y eventual devolución

La Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó, por 105 votos a favor, 16 en contra y 9 abstenciones, el segundo informe del proyecto de ley que modifica la Ley N° 18.961, Orgánica Constitucional de Carabineros de Chile, con el objeto de autorizar a sus funcionarios el porte permanente de armas de cargo.
El texto aprobado busca entregar certeza jurídica respecto de las actuaciones de los funcionarios policiales a quienes el Estado encomienda, de manera expresa, el ejercicio del uso legítimo de la fuerza como garantes del deber de mantener el orden público y la seguridad de la comunidad en general. En ese contexto, el proyecto permite el porte permanente de armamento, incluso cuando el funcionario se encuentre de franco.
La iniciativa introduce un cambio relevante respecto de su formulación inicial, al reemplazar la obligación de entregar un arma de cargo a cada funcionario policial por una norma de carácter facultativo que autoriza dicho porte. Este criterio confirma lo resuelto previamente por la Comisión de Defensa, que aprobó esta modificación considerando, entre otros factores, el costo fiscal que implicaba la entrega obligatoria de armamento a todo el personal.
En términos generales, los legisladores valoraron la certeza jurídica que la norma entrega, especialmente en cuanto a la posibilidad de que funcionarios de civil puedan actuar en el combate de la delincuencia. No obstante, durante el debate también se expresaron reparos y diferencias. Algunos diputados acusaron una falta de respaldo del Ejecutivo, al no garantizar los recursos necesarios para proveer de armas a todos los funcionarios, mientras que otros cuestionaron la efectividad de la iniciativa y advirtieron sobre los eventuales riesgos asociados al porte permanente de armamento. Estas críticas se vincularon, además, al hecho de que el uso de las armas quedará regulado por un reglamento que aún no ha sido dictado.
Actualmente, la legislación limita el porte de armas de servicio a situaciones oficiales y al horario laboral. A juicio de los autores del proyecto, esta restricción genera un vacío relevante en la protección personal del funcionario fuera de servicio. En esa línea, la iniciativa sostiene que, si bien existen disposiciones reglamentarias internas que permiten el porte de armas en horario de franco, resulta necesario que dicha autorización se consagre en una norma de rango legal superior.
El texto de ley aprobado que se remitió a la Cámara Revisora es el siguiente:
“Autorízase a los funcionarios a tener y portar permanentemente un arma de cargo, dentro y fuera de las reparticiones de la institución, bajo las condiciones que establece el Reglamento. El escalafón al que pertenezcan los funcionarios autorizados, las características de las armas de cargo, los requisitos para su uso y los protocolos para su manejo, custodia y eventual devolución serán regulados por un reglamento”.
Le corresponderá ahora al Senado, en segundo trámite constitucional, pronunciarse sobre la iniciativa, previo estudio e informe que debe emitir su Comisión de Defensa Nacional.
Vea texto proyecto de ley Boletín N° 17.044 y siga su tramitación aquí.
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