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Legislativo

Seguridad en recintos educacionales

Proyecto de ley amplía facultades de ingreso policial a universidades y colegios ante amenazas al orden público

La iniciativa propone permitir el ingreso de Fuerzas de Orden y Seguridad a recintos universitarios y escolares sin autorización previa cuando existan indicios objetivos de delitos contra el orden público, además de establecer responsabilidad civil para autoridades educacionales por ilícitos cometidos al interior de los establecimientos.

Por Elke von Loebenstein·16 de mayo de 2026·3 min de lectura
Imagen: puranoticia.pnt.cl
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Un proyecto de ley ingresado a la Cámara de Diputados y Diputados propone ampliar las hipótesis de ingreso de Fuerzas de Orden y Seguridad a recintos universitarios y colegiales en casos de fundado temor de atentado contra la autoridad o delitos contra el orden público. La iniciativa surge tras la agresión sufrida por la ministra de Ciencias, Ximena Lincolao, el 8 de abril de 2026 al interior de la Universidad Austral de Chile en Valdivia.

La moción sostiene que el ataque contra la secretaria de Estado constituye no solo un acto de violencia inaceptable, sino también una señal alarmante sobre el debilitamiento del Estado de Derecho en espacios que debieran ser “bastiones del pensamiento y la razón”. Según el texto, la agresión reviste gravedad institucional por tratarse de un atentado dirigido contra una autoridad de la República en ejercicio de sus funciones, afectando el principio de autoridad y el normal funcionamiento de las instituciones del Estado.

El proyecto señala que estos hechos se insertan en un “espiral alarmante de violencia” marcado por destrucción de bienes, agresiones a la autoridad y degradación del lenguaje en la sociedad chilena, haciendo referencia a reflexiones de los intelectuales Otto Dörr y Lucy Oporto sobre la violencia en el país.

La iniciativa desarrolla un análisis sobre la autonomía universitaria y las facultades actuales de las policías para ingresar a recintos educacionales. Expone que la autonomía reconocida por la Ley N° 21.091 sobre Educación Superior y la Ley N° 21.094 sobre Universidades Estatales no implica extraterritorialidad ni impide el cumplimiento de la ley o la persecución de delitos. Asimismo, recuerda que el DFL N°1 de 1981 establece expresamente que la autonomía universitaria no autoriza a las instituciones a amparar conductas incompatibles con el orden jurídico.

El texto detalla que actualmente el ingreso policial a universidades y colegios, considerados “lugares cerrados”, requiere como regla general autorización del encargado del recinto conforme al artículo 205 del Código Procesal Penal. También menciona las excepciones legales existentes, como orden judicial, flagrancia o auxilio urgente, citando jurisprudencia de la Corte Suprema y Cortes de Apelaciones sobre la materia.

Sin embargo, la propuesta sostiene que las facultades actuales son insuficientes y que las autoridades universitarias o escolares poseen un margen excesivo para impedir o retrasar la intervención policial, incluso ante alteraciones graves del orden público o atentados contra autoridades. En esa línea, afirma que se requiere una actualización legislativa que permita una acción estatal más eficaz frente a delitos o amenazas a la integridad de las personas.

El proyecto plantea modificar el Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 1980 sobre universidades, estableciendo que las autoridades universitarias serán civilmente responsables de los crímenes y simples delitos contra el orden y la seguridad públicos cometidos por particulares al interior de los recintos universitarios.

Asimismo, propone autorizar el ingreso de la autoridad policial y de las Fuerzas de Orden y Seguridad a recintos universitarios sin autorización previa cuando existan “causa probable o indicios objetivos y apreciables” que permitan inferir razonablemente que se está cometiendo o podría cometerse alguno de los delitos contra el orden y la seguridad públicos contemplados en el Título VI del Libro Segundo del Código Penal. La iniciativa señala que dicha inferencia será realizada por la propia autoridad policial y que se presumirá de derecho como causal eximente de responsabilidad penal el actuar conforme a ella.

Finalmente, el proyecto extiende estas disposiciones a colegios y establecimientos escolares, permitiendo el ingreso policial bajo las mismas condiciones propuestas para los recintos universitarios.

Vea texto moción Boletín N°18.196-04 y siga su tramitación aquí.

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