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Judicial

Recurso de nulidad laboral rechazado.

Trabajador que provocó descarga de batería de ambulancia al dejar las luces encendidas, no incurre en incumplimiento grave de sus obligaciones que justifique el despido.

Se consideró la ausencia de daño ocasionado por el incumplimiento, la existencia de otros medios materiales que disminuyan la posibilidad de concreción de la puesta en riesgo alegada por el empleador, y la falta de proporcionalidad del despido frente a la falta y la conducta del trabajador, circunstancias que llevaron a descartar el elemento de gravedad requerido por el artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo, esto es, una magnitud que quiebre irremediablemente la confianza del empleador e impida, en tales condiciones, la continuación de la relación laboral.

Por Francisca Atenas·24 de enero de 2025·3 min de lectura
bertonati.cl
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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad presentado en contra de la sentencia dictada por el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, que rechazó la excepción de caducidad y la acción de tutela laboral, y acogió la demanda subsidiaria, declarando el despido como indebido, condenándose a la demandada a pagar las indemnizaciones pertinentes, con el recargo legal.

Contra el fallo de base, la demandada dedujo recurso de nulidad fundado en la causal del artículo 478, letra c), del Código del Trabajo, alegando que la sentencia incurrió en error al calificar jurídicamente los hechos, al considerar desproporcionado el despido del trabajador, cuando en realidad, su conducta puso en riesgo el cumplimiento de la obligación de servicio público de la empresa y configuró un incumplimiento grave de las obligaciones contractuales.

Sostuvo que el trabajador dejó las luces encendidas de la ambulancia y el motor apagado por más de 45 minutos, provocando la descarga total de la batería, lo que la mantuvo fuera de operación durante la jornada, debiendo la empresa disponer de otros vehículos para cubrir la situación, lo que justifica el despido.

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