Judicial
Recurso de queja.
Corte Suprema ordena continuar ejecución pese a existir finiquito firmado, ante prueba de pago incompleto.
Resolvió que el finiquito no basta como prueba de pago íntegro cuando hay documentos que evidencian transferencias parciales y reclamos del trabajador, y reiteró que la ejecutada debe aportar antecedentes escritos de debida consistencia según el artículo 470 del Código del Trabajo.

La Corte Suprema acogió el recurso de queja interpuesto en contra de los ministros de una sala de la Corte de Talca, por haber dictado con falta y abuso grave la resolución que confirmó el fallo de base que acogió la excepción de pago y denegó la ejecución.
El quejoso expuso que, tras ser despedido, firmó un finiquito donde se estipulaba el pago total de sus prestaciones laborales, pero en realidad solo recibió un pago parcial. Argumentó que la sentencia que acogió la excepción de pago vulnera el principio pro operario y la normativa laboral, ya que no se demostró que el pago fuera íntegro ni efectivo. Además, sostuvo que la judicatura confundió la mera firma del finiquito con la efectiva entrega del dinero, y que la demandada no aportó prueba suficiente para justificar el supuesto pago, por lo cual solicitó que se revoque la resolución y se permita continuar con la ejecución para obtener el pago completo.
Los ministros de la Corte de Apelaciones defendieron su resolución señalando que el finiquito firmado y ratificado por el trabajador sin reserva alguna constituye prueba suficiente de que el pago se realizó en forma completa y válida, conforme al artículo 177 del Código del Trabajo.
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