Judicial
Ley N° 21.234
Al no existir sistema recursivo específico en la Ley N°21.234, se aplican las reglas del procedimiento ante Juzgados de Policía Local, resuelve la Corte de Santiago.
Acogió un recurso de hecho al considerar que la resolución apelada no cumple con los requisitos establecidos para ser apelable, ya que no es una sentencia definitiva ni una resolución que haga imposible la continuación del juicio, según lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 18.287.

Acogió un recurso de hecho al considerar que la resolución apelada no cumple con los requisitos establecidos para ser apelable, ya que no es una sentencia definitiva ni una resolución que haga imposible la continuación del juicio, según lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley N° 18.287 . . .
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