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Inaplicabilidad por inconstitucionalidad

La Magistratura no está llamada a sustituir al juez de fondo.

Requerimiento de inaplicabilidad de la Municipalidad de Cerrillos que impugnó varias disposiciones del Código del Trabajo, se rechaza por el Tribunal Constitucional.

La Magistratura Constitucional consideró que el requerimiento carece de fundamento en términos constitucionales y que cuestiona la interpretación y aplicación de la ley, asuntos que corresponden al juez de fondo.

Por Francisca Atenas·04 de marzo de 2025·2 min de lectura
tribunalconstitucional.cl
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El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, interpuesto por la Municipalidad de Cerrillos, respecto de las siguientes disposiciones legales: artículo 1, inciso tercero; artículo 7; artículo 162, incisos cuarto, sexto y séptimo; artículo 163, y artículo 168, todos del Código del Trabajo.

La gestión pendiente que se invocó en la impugnación corresponde a una demanda laboral en contra del municipio, seguida ante el Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en la que se solicita el reconocimiento de la relación laboral, el despido indirecto, la nulidad del despido y el pago de prestaciones laborales. La causa se encuentra en estado de haberse citado a audiencia de juicio.

En cuanto al conflicto constitucional, la requirente sostuvo que la aplicación de los preceptos impugnados vulnera diversos artículos de la Constitución, ya que no han sido dictados conforme a la iniciativa exclusiva del Presidente de la República cuando se trata de beneficios al personal de la Administración Pública.

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