Inaplicabilidad por inconstitucionalidad
Inaplicabilidad rechazada.
Norma que restringe las excepciones en el juicio ejecutivo laboral no produce resultados contrarios a la Constitución.
La Magistratura sostuvo que el debido proceso en sede ejecutiva laboral prioriza el cumplimiento eficaz de lo resuelto, por lo que resulta incompatible con la admisión irrestricta de excepciones.

El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, respecto de la frase “alguna de las siguientes excepciones: pago de la deuda, remisión, novación y transacción”, contenida en el inciso primero del artículo 470 del Código del Trabajo.
La precitada disposición legal dispone lo siguiente:
“Artículo 470.- La parte ejecutada sólo podrá oponer, dentro del mismo plazo a que se refiere el artículo anterior, acompañando antecedentes escritos de debida consistencia,alguna de las siguientes excepciones: pago de la deuda, remisión, novación y transacción.” (Art. 470, inciso 1°, Código del Trabajo).
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