Entrevistas
Justicia penal en transformación
Paula Millon: “El principal desafío ético de la justicia penal es resistir la presión social sin abdicar de su rol de garante de derechos”
En un escenario marcado por el aumento de la criminalidad compleja, la aceleración tecnológica y mayores exigencias ciudadanas en materia de seguridad, la jueza de garantía analiza los nudos críticos que hoy enfrenta la judicatura penal, los límites de la prisión preventiva, el impacto de la tecnología, la calidad de la litigación oral y los desafíos éticos que definirán la legitimidad futura del sistema de garantías.

Por Bárbara Mansilla, Universidad Andrés Bello
En un contexto marcado por el aumento de fenómenos criminales complejos, la irrupción acelerada de nuevas tecnologías y una ciudadanía que exige respuestas más eficientes sin renunciar a las garantías fundamentales, la justicia penal enfrenta uno de los momentos más desafiantes desde la entrada en vigor de la reforma procesal. La carga de trabajo de los tribunales, la evolución de las herramientas investigativas y las crecientes tensiones entre seguridad y derechos individuales han obligado a la judicatura a replantearse criterios, prácticas y capacidades institucionales.
En esta entrevista, abordamos con un enfoque crítico y comparado los principales retos que enfrenta el sistema de garantías: desde la calidad de la litigación oral y las decisiones cautelares, hasta las necesidades formativas de los intervinientes y la coordinación con el Ministerio Público y las policías. Asimismo, profundizamos en las reformas que podrían fortalecer el funcionamiento cotidiano de los tribunales y en los desafíos éticos que marcarán el futuro de la justicia penal.
Para ello conversaremos con la abogada Paula Millon Lorens —Licenciada en Ciencias Jurídicas por la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, Máster of Law cum Laude (LLM) en California Western School of Law, y con una destacada trayectoria como Docente de la Academia Judicial y Profesora de Litigación Oral en la Universidad Andrés Bello, y actual Jueza de Garantía de Quilpué— para analizar los nudos críticos que actualmente enfrenta la judicatura.
Explicación inicial:
Las reflexiones y respuestas que siguen se sustentan principalmente en mi experiencia como juez de garantía en una ciudad de tamaño medio, función que he desempeñado durante los últimos trece años. En consecuencia, no pretenden constituir un análisis basado en estadísticas oficiales ni en estudios nacionales consolidados sobre criminalidad, sino que recogen, de manera deliberada, una mirada construida a partir de mi práctica judicial cotidiana, de mi percepción del fenómeno y de algunos datos de mi tribunal. Esta aclaración busca otorgar el debido contexto a las apreciaciones formuladas y delimitar su alcance interpretativo, que por supuesto, no representa la opinión ni sentir del poder judicial en su conjunto.
1. ¿Qué fenómenos criminales han experimentado mayor incremento o complejidad en el último tiempo, y de qué manera han impactado en la carga de trabajo y en el tipo de decisiones que debe adoptar la judicatura?
En los últimos años, y en mi particular percepción, la judicatura penal ha debido enfrentarse a un escenario de transformación del fenómeno criminal, tanto en volumen como en complejidad. La percepción social de un aumento de la criminalidad no es solo una impresión: se ve confirmada por densidad progresiva de procesos judiciales, lo que ha impactado en la carga de trabajo de los tribunales y ha tensionado los tiempos de las decisiones judiciales.
Entre los fenómenos que han experimentado un mayor crecimiento y sofisticación destacan los delitos vinculados al tráfico de estupefacientes. En materia de drogas, no se trata únicamente de un aumento cuantitativo, sino de una transformación del fenómeno, incluyendo redes de distribución más complejas, con distintos niveles de participación, mayor fragmentación de roles, una diversidad de conductas que van desde el tráfico propiamente tal hasta la comercialización de pequeñas cantidades y el consumo en espacios públicos y el crecimiento de delitos asociados como la asociación criminal, el lavado de activos, la receptación, el uso y tenencia de armas de fuego prohibidas y convencionales. Esta realidad obliga a un análisis más fino de la participación penal, la proporcionalidad de la respuesta punitiva.
Se ha observado incluso la ocurrencia de ilícitos que no eran parte del escenario de la jurisdicción, como el homicidio o secuestro de personas, relacionados con el no pago de sustancias ilícitas y el robo con intimidación o violencia, asociado a vendettas entre bandas proveedoras o distribución de droga al menudeo.
Se ha observado también un aumento de la denuncia y judicialización de los delitos de abuso sexual y violación, especialmente aquellos que afectan a niños, niñas y adolescentes. El incremento sostenido de este tipo de causas ha convertido a estos procesos en uno de los principales “nudos críticos” del sistema penal. Se trata de investigaciones y juicios de alta complejidad probatoria, donde la valoración del testimonio de víctimas especialmente vulnerables exige un estándar técnico y ético elevado, así como una comprensión profunda de las dinámicas del trauma, la revictimización y los sesgos que pueden influir en la toma de decisiones.
No obstante, el incremento observado en las estadísticas, este fenómeno puede interpretarse, paradójicamente, como una señal de avance institucional. El aumento significativo en la judicialización de delitos de alta sensibilidad social, como el abuso sexual de menores de 14 años, podría ser el resultado de los efectos positivos de reformas recientes, como la Ley de Entrevista Videograbada, lo que sugiere que la mayor información sobre los derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes (NNA), junto con el fortalecimiento de los canales de denuncia y las medidas de protección, está logrando reducir la ‘cifra negra’ de la criminalidad.
2. ¿Cómo ha influido la incorporación de nuevas tecnologías y la tramitación electrónica en la eficiencia de la administración de justicia?
La incorporación de nuevas tecnologías y la tramitación electrónica ha supuesto un cambio cultural necesario, que ha permitido que un sistema históricamente anclado en formas y soportes clásicos, como el papel, evolucione con los tiempos a un diseño más eficiente, económico, sustentable y accesible, sin desnaturalizar los principios de la función jurisdiccional.
Uno de los avances más significativos ha sido la digitalización y videograbación íntegra de las audiencias. El registro del debate judicial fortalece la transparencia, asegura la fidelidad de lo obrado y mejora el control posterior de las decisiones, tanto por las partes como por los tribunales superiores, no obstante, en este último punto, la evolución ha sido más cautelosa, debiendo aun transcribirse ciertos registros.
La tramitación electrónica ha tenido un impacto directo en la eficiencia del sistema, ha reducido tiempos de espera, costos asociados a traslados y cargas administrativas innecesarias, facilitando un acceso inmediato a la justicia para la ciudadanía, quienes pueden acceder personalmente a la revisión de sus procesos judiciales y la realización de presentaciones con solo contar con clave única.
Un ámbito particularmente beneficiado por esta transformación es la gestión de causas que involucran a personas que residen o trabajan en localidades apartadas del tribunal, con problemas de movilidad o privadas de libertad. Las audiencias telemáticas han permitido asegurar su realización oportuna, disminuyendo riesgos de seguridad, costos logísticos y despliegues de gendarmería asociados a los traslados, todo ello sin menoscabo de las garantías procesales ni del derecho a defensa. Desde la perspectiva jurisdiccional, esto se traduce en una mejor planificación del trabajo y en un uso más racional del tiempo judicial.
La tecnología también ha reforzado la seguridad, y la protección en decisiones sensibles. Se han incorporado en el desempeño judicial una serie de protocolos de ciberseguridad, incluyendo claves dinámicas de firma digital intransferible y mecanismos de control de identidad, eliminando el año 2022 los anteriores dispositivos físicos, conocidos como token.
Con todo, es importante subrayar que la tecnología no es una verdadera solución, si no se cuenta con información y un acceso equitativo a herramientas digitales, de lo contrario, existe el riesgo de generar brechas en el acceso a la justicia, especialmente en zonas con menor conectividad o respecto de personas con limitadas competencias digitales. Este es un desafío que debe ser permanentemente monitoreado.
En definitiva, la modernización tecnológica de la justicia ha sido sustancial y cada vez más aceptado por los operadores y los usuarios, especialmente desde los ajustes necesarios con la pandemia, aportando rapidez y eficiencia en las comunicaciones y el servicio de justicia, el que debe ir asociado a un constante refuerzo en ciberseguridad para garantizar la indemnidad de las plataformas, softwares y soportes digitales.
3. ¿Existe alguna práctica o principio de la justicia comparada que, a su juicio, Chile debiera considerar o adaptar para fortalecer la eficacia y calidad de su sistema de garantías penales?
Desde la experiencia de la justicia comparada, uno de los principios que con mayor claridad emerge como factor de mejora en la eficacia y calidad del sistema penal es el uso sistemático del lenguaje claro en la comunicación judicial. Diversos ordenamientos han comprendido que una decisión judicial, por técnicamente correcta que sea, pierde efectividad si no resulta comprensible para quienes deben cumplirla o se ven directamente afectados por ella. La redacción de resoluciones en un lenguaje accesible, preciso y respetuoso facilita el acceso real a la justicia, fortalece la confianza institucional y favorece el cumplimiento efectivo de las decisiones judiciales, especialmente en el ámbito penal, donde los destinatarios suelen encontrarse en situaciones de alta vulnerabilidad. Explicar con claridad los derechos, deberes y consecuencias jurídicas no debilita la autoridad de la sentencia; por el contrario, la legitima y hace operativa.
Este enfoque comunicacional cobra especial relevancia respecto de las personas privadas de libertad, las víctimas y otros usuarios del sistema que no cuentan con formación jurídica.
En segundo término, la justicia comparada, como la española y estadounidense, ofrece una aproximación valiosa en materia de ejecución de las condenas, que incluyen la creación de tribunales o jueces de ejecución penal, con competencia especializada para supervisar el cumplimiento de las penas y medidas impuestas. Esta instancia permite cerrar de manera coherente el ciclo de la decisión penal, asegurando que lo resuelto en la sentencia se ejecute conforme a la ley, a los estándares de derechos humanos y a los fines de reinserción social.
Ambos elementos —el lenguaje claro y una ejecución de condenas judicialmente especializada— responden a una misma lógica de fondo: un sistema penal eficaz no se mide solo por la severidad de sus respuestas, sino por su capacidad de ser comprensible, controlable y respetuoso de los derechos fundamentales. Adaptar estas prácticas de la justicia comparada permitiría a Chile fortalecer la calidad de su sistema de garantías penales, asegurando que las decisiones judiciales no solo sean correctas en lo jurídico, sino también efectivas en su cumplimiento y legítimas en su impacto social.
4. ¿Cómo se compatibiliza la necesaria celeridad en la realización de audiencias y la resolución de conflictos con el nivel de exhaustividad requerido para resguardar adecuadamente las garantías fundamentales de cada imputado?
Lograr equilibrio entre la celeridad y economía procesal y la exhaustividad necesaria para tomar una decisión es uno de los grandes desafíos de la judicatura penal oral, especialmente en un contexto de alta carga de trabajo. Creo que este balance se va afinando en el trabajo diario de ejercer el «oficio» de ser juez: la experiencia acumulada permite navegar entre la eficiencia y el resguardo de los derechos fundamentales, intentando tomar decisiones prudentes, que tienen como base la experiencia acumulada en la aplicación de la ley y el conocimiento de casos similares.
En la búsqueda de ese equilibrio es posible integrar algunas de ideas centrales como la distinción como herramienta de eficiencia: no todas las causas exigen el mismo despliegue de recursos. La prudencia judicial permite identificar decisiones sencillas o de baja afectación de garantías, como trámites administrativos o procedimentales simples, las cuales pueden resolverse con agilidad, permitiendo reservar el máximo rigor y tiempo para aquellas decisiones importantes y difíciles, donde la libertad del imputado o la complejidad de la prueba exigen un análisis pormenorizado. Esta flexibilidad del sistema se evidencia en su variabilidad. En la práctica judicial, hemos enfrentado desde audiencias de pocos minutos para resoluciones de mero trámite, hasta jornadas críticas de 12 horas donde la naturaleza de los hechos o la extensión de la prueba testimonial y pericial obligan a un debate extenso para cumplir con el principio de inmediación y contradicción y, el estado de alerta ante los sesgos cognitivos**:** es imperativo estar alerta ante los atajos heurísticos. En un sistema bajo presión, el cerebro tiende a buscar simplificaciones, pero la función de garantía exige resistir estos sesgos para asegurar que la decisión sea fruto de un análisis casuístico y no de una inercia procesal. Tomarse más tiempo cuando sea necesario no es una falla del sistema, sino un imperativo del debido proceso.
5. ¿De qué manera aborda el tribunal la decisión sobre la prisión preventiva y otras medidas cautelares, asegurando su aplicación conforme a los criterios legales de necesidad, proporcionalidad y subsidiariedad?
Se aborda la decisión sobre la prisión preventiva y otras medidas cautelares como un ejercicio de ponderación crítica, donde la libertad personal es una garantía fundamental superior que solo puede ser restringido bajo estándares de legalidad y prudencia. En el contexto actual de criminalidad compleja, la información obtenida en medios de comunicación más o menos confiables y uso legítimo de la opinión pública, presenta un marco con un desempeño desafiante en la labor judicial.
Para asegurar que se cumplan los criterios de necesidad, proporcionalidad y subsidiariedad, considero útiles estos resguardos:
-
Priorización y urgencia: Las audiencias que involucran a personas privadas de libertad o la revisión de medidas cautelares son calificadas como urgentes. Esto garantiza que el sistema actúe con celeridad para evitar que la prisión preventiva se transforme en una pena anticipada debido a dilaciones procesales.
-
Escucha activa: el «oficio» de ser juez exige una escucha activa de los argumentos de los intervinientes y especialmente los de la defensa, asegurando que el imputado tenga la oportunidad de contradecir la necesidad de la cautelar en igualdad de condiciones.
-
Control de la proporcionalidad: Ante el aumento de delitos graves, como el tráfico de drogas o delitos sexuales, el tribunal debe evaluar si la medida es proporcional a la gravedad del hecho y al riesgo procesal, evitando que las expectativas de seguridad ciudadana sobrepasen los límites de la ley.
-
Prudencia: El juez debe actuar con prudencia para determinar si existen medidas menos gravosas que la prisión preventiva que puedan cumplir con el fin de cautela, reservando la privación de libertad solo para los casos donde sea estrictamente indispensable.
Garantía de revisión superior: La legitimidad del sistema descansa en la posibilidad de que un tribunal superior revise la decisión en mínimo tiempo. Este derecho a un recurso efectivo es una garantía fundamental que otorga tranquilidad tanto al interviniente como al juzgador, asegurando que cualquier error u omisión en la ponderación de la libertad pueda ser corregido prontamente.
6. ¿Cómo evalúa la calidad de la litigación oral en la etapa de garantía en su jurisdicción, y qué rol debe desempeñar la defensa para proteger eficazmente las garantías en audiencias con alta rotación de casos?
La evaluación de la calidad de la litigación oral permite afirmar primero en general que, en Chile, el sistema se encuentra en vías de consolidación, considerando que somos un modelo que cuenta con aproximadamente 25 años de desarrollo, una etapa de madurez temprana si se compara con sistemas que poseen más de dos siglos de tradición jurídica.
En cuanto a mi jurisdicción, se observa presencia predominante de litigantes técnicos con vasta experiencia. Es destacable que los defensores privados están cada vez más preparados, lo que genera una dinámica de alta exigencia que obliga a la judicatura a elevar su técnica, profundidad de análisis y precisión en la resolución de conflictos.
En un sistema de garantías, la labor del defensor es la piedra angular para la protección de la ley. Actualmente, observo que la defensoría cumple con estándares razonables de calidad y diligencia en su gestión, aunque siempre existe espacio de mejora, especialmente ante el número de casos asignados a cada defensor, la complejidad de los nuevos fenómenos criminales y la falta de recursos asociados a sus propias necesidades de investigación, que no se satisfacen con la actuación de la fiscalía.
Las estadísticas reflejan una presión creciente sobre el sistema, con un aumento en el volumen de casos y ante ello, la defensa debe ser el garante de que la celeridad procesal no se traduzca en una pérdida de exhaustividad, asegurando que cada imputado reciba una atención técnica individualizada.
7. ¿Cuáles son los principales desafíos de coordinación entre los Tribunales, el Ministerio Público y las policías, y cómo inciden en la eficacia global del sistema penal?
La coordinación entre los tribunales, el Ministerio Público y las policías representa uno de los «nudos críticos» determinantes para la eficacia del sistema penal, especialmente en un escenario donde la carga de trabajo ha aumentado.
Los principales desafíos, a mi juicio, se relacionan con el aumento de fenómenos criminales complejos, como el tráfico ilícito de drogas, que se cuadruplicó en mi tribunal en los últimos cinco años, exige mayores y mejores recursos humanos y técnicos para procesar rápidamente evidencia cada vez más sofisticada. Esta nueva realidad obliga al Ministerio Público a replantear sus capacidades institucionales frente a herramientas investigativas que evolucionan aceleradamente.
La coordinación se ve tensionada por la necesidad de mayor presencia y especialización policial, quienes además se enfrentan al desafío de obtener la colaboración de víctimas y testigos, cuya participación no siempre es dócil, especialmente en casos de mayor envergadura, en la que las medidas de protección ofrecidas no son suficientes para garantizar la seguridad y protección de personas clave de la investigación.
Otros servicios relevantes, como el SML u organismos encargados de pericias psiquiátricas, inciden sin duda en la eficacia de las investigaciones. Los informes periciales oportunos son sustanciales y sus retrasos impactan directamente en la capacidad del juez para tomar decisiones basadas en evidencia científica dentro de los plazos razonables.
Pero, sobre todo, y desde el acotado espacio de mi quehacer diario, la falta de sincronía institucional pone en riesgo el delicado equilibrio ético entre la expectativa de juzgamientos en un plazo razonable, los legítimos intereses de las víctimas y la debida protección de los derechos fundamentales. Esta disfunción termina erosionando, día a día, la confianza en la eficacia de los mecanismos formales de administración de justicia.
Cuando los funcionarios policiales no concurren a los llamados del tribunal para declarar testigos en juicios simplificados que llegan a término; cuando víctimas y testigos no logran advertir un beneficio real en exponerse a declarar; y cuando los órganos persecutores optan por solicitar absoluciones en este tipo de causas, se configura un círculo pernicioso. En él, la defensa termina descansando —legítimamente— en dicha inactividad institucional, particularmente en asuntos de menor entidad.
Sin embargo, no puede perderse de vista que, para cada persona involucrada en estos delitos considerados “menores”, existe un impacto concreto en su vida, en su integridad, en su tranquilidad y en su percepción de seguridad. El servicio de justicia, precisamente por su naturaleza, debe ser capaz de responder también a estos conflictos, porque la justicia es para todos.
8. Si pudiera proponer una única reforma legal o ajuste procesal en el corto plazo para fortalecer el sistema de garantías en la justicia penal, ¿cuál sería y cuáles serían sus fundamentos?
Propondría la consolidación legal de la gestión de casos (case management). Especialmente en juicios de larga duración, alta seguridad, mayor complejidad o extensa prueba, es posible constatar que nuestro sistema de justicia no se encuentra preparado institucionalmente para la magnitud y sofisticación de la criminalidad actual.
Conferencias o reuniones de coordinación previa, entre todos los intervinientes técnicos, despejando la prueba, acordando formatos, énfasis y formas de rendición de la prueba la defensa, asociados a sus teorías del caso, permitirá abordar un juicio con eficiencia y respecto a garantías de los intervinientes.
9. Considerando la creciente complejidad de la criminalidad y el uso de prueba tecnológica, ¿estima que la formación actual de los intervinientes —incluidos los jueces— es suficiente? ¿Qué áreas de especialización deberían profundizarse, eventualmente a través de la Academia Judicial?
La Academia Judicial ofrece una amplia y actualizada cartera de cursos de perfeccionamiento y especialización anualmente a los miembros del poder judicial, jueces y funcionarios, quienes deben tomar al menos uno de sus cursos cada año.
En los últimos dos años se han incluido perfeccionamientos en inteligencia artificial y uso de herramientas tecnológicas y el poder judicial se encuentra desarrollando una plataforma propia de IA, que sirva de apoyo a la función con estricta protección de información sensible o confidencial.
La criminalidad organizada, sus nuevos desarrollos y los fraudes tecnológicos son temas que siempre requieren actualizaciones permanentes para comprender sus fenómenos y la fiabilidad de las pruebas que deban ponderarse.
10. ¿Cuál considera que será el principal desafío ético o de legitimidad que enfrentará la justicia penal en los próximos años al intentar equilibrar las expectativas de seguridad de la ciudadanía con la protección irrestricta de la ley y de los derechos fundamentales?
A mi juicio, el principal desafío ético y de legitimidad que enfrentará la justicia penal radica en preservar su esencia como garante de derechos frente a las crecientes presiones sociales que demandan soluciones de seguridad inmediata. Es fundamental comprender que la seguridad ciudadana no es una misión propia de la justicia penal, ya que ésta interviene una vez que el delito ya se ha cometido con el fin de determinar su ocurrencia, identificar a los responsables y aplicar una sanción proporcional.
Pero el desafío existe y para abordarlo no puede olvidarse que la confianza de la ciudadanía en el poder judicial es un pilar fundamental de la democracia y del Estado de Derecho. En un contexto de alta demanda y delitos de mayor complejidad, el sistema judicial debe demostrar que es capaz de dar respuestas sin sacrificar la calidad jurídica.
Ante los actuales cuestionamientos éticos y de eficiencia, la respuesta debe ser la transparencia total en el actuar jurisdiccional.
La recuperación de la confianza no es una tarea exclusiva de las altas autoridades del Poder Judicial, es una responsabilidad que se ejerce cotidianamente en cada tribunal y que recae, de manera directa, en cada juez y jueza, en la forma en que conduce cada audiencia y resuelve cada caso, todos los días. Diligencia, respeto, compasión, empatía y prudencia no son virtudes abstractas, sino prácticas concretas que se manifiestan en el ejercicio diario de la función jurisdiccional.
Cuando una persona percibe que ha sido escuchada con respeto, que el proceso se ha desarrollado de manera transparente y que las decisiones adoptadas le han sido explicadas en un lenguaje claro y comprensible, su confianza en la institución se fortalece. Es precisamente allí, en ese encuentro singular entre el juez y el ciudadano, donde la judicatura construye, o pierde, su legitimidad, no en los discursos ni en las reformas, sino en cada acto jurisdiccional que confirma que la justicia no solo se imparte, sino que también se observa y se escucha.
Temas
Te puede interesar

Entrevistas
Juan Andrés Orrego: «Soy un firme partidario de la recodificación y de la modernización, aunque mesurada, del Código de Bello»

Entrevistas
Sergio Gamonal: “El desempeño económico está desconectado de la protección laboral. No existe ni hay un impacto directo y medible»

Entrevistas
Nelson Gallardo Benavides: «La buena fe, por sí sola, no basta para reconocer la teoría de la imprevisión»

Entrevistas
Gabriel Hernández Paulsen: “Nuestro proyecto simboliza una nueva etapa para la Escuela de Derecho”
Newsletter
Lo esencial del derecho, cada mañana
Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.