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Conservador de bienes raíces

Reclamo contra negativa del CBR a inscribir acogida.

Conservador debe inscribir cesión de derechos, aunque no se exprese la aceptación del cesionario en una cláusula específica si en las demás queda de manifiesto el consentimiento de ambos contratantes.

En base al artículo 13 del Reglamento del Conservador, éste se negaba a inscribir el contrato, debido a que en una cláusula específica se consignaba que una parte cedía y transfería, mientras que la otra no figuraba aceptando dicha cesión.

Por Miguel García Herrera·16 de noviembre de 2022·1 min de lectura
Imagen: cambio21.cl
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En base al artículo 13 del Reglamento del Conservador, éste se negaba a inscribir el contrato, debido a que en una cláusula específica se consignaba que una parte cedía y transfería, mientras que la otra no figuraba aceptando dicha cesión . . .

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