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Asuntos de Interés Público

Daño moral y emergente.

Segundo Juzgado Civil de Rancagua ordena a Servicio de Salud de O’Higgins indemnizar a madre por falta de servicio tras parto.

En el fallo, el magistradodecretó el pago tras establecer la responsabilidad del demandado por la atención médica deficiente y las consecuencias que le generó a la demandante al tener que someterse a una nueva intervención quirúrgica y tratamiento psicológico, dado que no fue detectado por el personal médico que habían quedado restos de placenta tras el parto.

Por Elke von Loebenstein·24 de junio de 2024·3 min de lectura
Imagen: okdiario.com
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El Segundo Juzgado Civil de Rancagua acogió la demanda de indemnización de perjuicios y le ordenó al Servicio de Salud de O’Higgins pagar la suma de $15.000.000 por concepto de daño moral y $604.100 por daño emergente, a por la falta de servicio tras parto en el Hospital Regional, en enero de 2022.

El fallo señala que, de todo lo razonado y mediante la ponderación del informe pericial evacuado en autos por la perito obstetra, conforme a las reglas de la sana crítica, es posible tener por acreditado el hecho dañoso demandando, toda vez que sin perjuicio de lo indicado en la ficha de parto de (…), suscrita por doctor, en cuanto al alumbramiento natural y completo, lo cierto es que quedaron restos placentarios en el útero de la demandante al momento del parto, lo cual no fue detectado por el personal médico del Hospital Regional de Rancagua ni en el parto, ni durante los días que se mantuvo hospitalizada durante su puerperio, ni cuando consultó en urgencias al día siguiente del alta con signos claros de infección puerperal.

La resolución agrega que, a mayor abundamiento, (…) fue tratada durante ocho días con un medicamento –eritromicina– al que resultó ser alérgica, fue dada de alta del Hospital Regional de Rancagua el 05 de enero de 2018 sin un diagnóstico respecto a sus afecciones puerperales, pues seguía en estudio la hipótesis diagnóstica de síncope vasovagal o hipotensión ortostática; y durante la atención de urgencia en dicho establecimiento el día 06 de enero de 2018, la demandante fue dada de alta y enviada a su domicilio con 39°C de temperatura, es decir, con la misma fiebre con la que ingresó al recinto hospitalario y con un diagnóstico errado.

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