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Asuntos de Interés Público

Recurso de casación en el fondo rechazado.

Procede el abandono del procedimiento en juicio de reivindicación atendida la pasividad del demandante en notificar al demandado la resolución que los citaba a audiencia de conciliación.

Se excedió el plazo de seis meses establecido en el artículo 162 del Código de Procedimiento Civil para notificar la última resolución considerada como gestión útil.

Por Felipe Godoy·01 de noviembre de 2022·1 min de lectura
Abandono del procedimiento es improcedente si el impulso procesal no es carga de ningún litigante.
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Se excedió el plazo de seis meses establecido en el artículo 162 del Código de Procedimiento Civil para notificar la última resolución considerada como gestión útil . . .

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