Asuntos de Interés Público
Recurso de protección acogido.
Posesión efectiva de hija no matrimonial debe ser otorgada por el Servicio de Registro Civil e Identificación, resuelve Corte de La Serena.
La negativa del Registro Civil a conceder la posesión efectiva se fundamentó en que la recurrente no fue reconocida por su madre en una escritura pública o acto testamentario, manteniendo la calidad de hija ilegítima.

La negativa del Registro Civil a conceder la posesión efectiva se fundamentó en que la recurrente no fue reconocida por su madre en una escritura pública o acto testamentario, manteniendo la calidad de hija ilegítima . . .
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