Asuntos de Interés Público
CGR desestimó reconsideración.
Ministerio de Bienes Nacionales debe establecer accesos a playas o cauces de ríos o de cualquier tipo de masa de aguas, sean o no navegables por buques de más de 100 toneladas.
El artículo 13 del DL N°1.939 de 1977 no consagra la diferencia prevista en el artículo 35 del Código de Aguas.

El artículo 13 del DL N°1.939 de 1977 no consagra la diferencia prevista en el artículo 35 del Código de Aguas . . .
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