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Asuntos de Interés Público

Derecho a la Integridad Psíquica y Derecho a la Libertad de Trabajo.

Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique acogió demanda por vulneración de derechos fundamentales interpuesta en contra de la Corporación de Fomento de la Producción (Corfo) Región de Tarapacá por funcionaria que fue víctima de hostigamientos en su lugar de trabajo.

El Tribunal hizo lugar a la acción judicial deducida, tras establecer que la demandada vulneró el derecho constitucional a la integridad física, síquica y derecho a la libertad de trabajo de la denunciante, ordenando el pago de $20.000.000 por concepto de daño moral.

Por Elke von Loebenstein·06 de marzo de 2021·4 min de lectura
Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique acogió demanda por vulneración de derechos fundamentales interpuesta en contra de la Corporación de Fomento de la Producción (Corfo) Región de Tarapacá por funcionaria que fue víctima de hostigamientos en su lugar de trabajo.
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El Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique acogió demanda por vulneración de derechos fundamentales interpuesta en contra de la Corporación de Fomento de la Producción (Corfo) Región de Tarapacá por funcionaria que fue víctima de hostigamientos en su lugar de trabajo.

La sentencia, Rol Nº253-2019, sostiene que, considerando que con la prueba aportada por la demandante se acreditaron los indicios suficientes para presumir fundadamente la existencia de la vulneración alegada y teniendo presente que la demandada no aporta prueba suficiente del fundamento y proporcionalidad de sus actos, esta juez llega a la convicción que con su actuar el empleador ha vulnerado gravemente el Derecho a la Integridad Psíquica de la actora, así como también su derecho a la Libertad de Trabajo por no permitirle realizar sus labores habituales, por lo que se acoge la demanda de Tutela por Vulneración a Derechos Fundamentales, en la forma que se señalará en lo resolutivo del fallo.

La resolución agrega que, a la luz de la declaración de las testigos ya señaladas, aparece claramente que existen indicios suficientes de que este conflicto implicó malos tratos, presiones y hostigamiento para la trabajadora, a tal conclusión se llega también teniendo presente resolución de fecha 24 de octubre de 2019 de Comité de Calificación de Enfermedades Profesionales de Patologías Mentales de ACHS, que concluye como hipótesis diagnóstica Trastorno adaptativo y que la patología de la paciente es de origen LABORAL.

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