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Asuntos de Interés Público

Nueva Ley de Migraciones.

Extranjeros que cuenten con un permiso de permanencia transitoria solo podrán modificar su estatus a residencia temporal en los casos previstos en la Ley 21.325, dictamina la Contraloría.

En tales supuestos (reunificación familiar, razones humanitarias, casos calificados, y aquellos que se ajustan a la Política Nacional de Migración) los foráneos pueden solicitar el cambio migratorio en Chile pero siempre desde la página habilitada por el SERMIG. Se previene que la Política Nacional de Migración y Extranjería se encuentra en formulación.

Por Mauricio Mejías Hermosilla·28 de noviembre de 2022·1 min de lectura
Extranjeros que cuenten con un permiso de permanencia transitoria solo podrán modificar su estatus a residencia temporal en los casos previstos en la Ley 21.325, dictamina la Contraloría.
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En tales supuestos (reunificación familiar, razones humanitarias, casos calificados, y aquellos que se ajustan a la Política Nacional de Migración) los foráneos pueden solicitar el cambio migratorio en Chile pero siempre desde la página habilitada por el SERMIG. Se previene que la Política Nacional de Migración y Extranjería se encuentra en formulación . . .

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