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Asuntos de Interés Público

Fallo dividido.

El incremento del 20% de la indemnización de la servidumbre eléctrica que establece la Ley General de Servicios Eléctricos se aplica sobre los ítems que esa legislación señala.

El artículo 69 de la Ley General de Servicios Eléctricos establece taxativamente las partidas a indemnizar.

Por Constanza Sepúlveda Riquelme·28 de marzo de 2022·1 min de lectura
Imagen: lavozdelnorte.cl
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El artículo 69 de la Ley General de Servicios Eléctricos establece taxativamente las partidas a indemnizar . . .

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