Asuntos de Interés Público
Fallo dividido.
El incremento del 20% de la indemnización de la servidumbre eléctrica que establece la Ley General de Servicios Eléctricos se aplica sobre los ítems que esa legislación señala.
El artículo 69 de la Ley General de Servicios Eléctricos establece taxativamente las partidas a indemnizar.

El artículo 69 de la Ley General de Servicios Eléctricos establece taxativamente las partidas a indemnizar . . .
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