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Asuntos de Interés Público

Deducido por los apoderados de dos estudiantes.

Corte de Punta Arenas rechaza recurso de protección por expulsión de estudiantes por mal comportamiento en gira de estudios por Alemania.

La Primera Sala del tribunal de alzada desestimó la procedencia del recurso, al no ser recurso de protección la vía idónea para resolver la controversia que, además, se encuentra sometida al conocimiento de la entidad pertinente, la Superintendencia de Educación.

Por Elke von Loebenstein·20 de febrero de 2024·4 min de lectura
Imagen: Meganoticias
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La Corte de Apelaciones de Punta Arenas rechazó la acción constitucional deducida por los apoderados de dos estudiantes de colegio de la ciudad, expulsados del establecimiento por su mal comportamiento en el marco de una gira de estudios por Alemania, en noviembre del año pasado.

El fallo señala que el recurso de protección ha sido instituido como una acción constitucional que tiene por objeto evitar posibles consecuencias dañosas derivadas de actos u omisiones ilegales o arbitrarios que produzcan en el afectado una privación, perturbación o amenaza al legítimo ejercicio de las garantías constitucionales que se protegen con este arbitrio jurisdiccional a fin de restablecer el imperio del derecho y otorgar la debida protección al recurrente.

La resolución agrega que, se trata de una acción constitucional de naturaleza cautelar que fue incorporada a nuestra legislación como una garantía jurisdiccional, con el propósito de servir de remedio rápido, expedito, pronto y eficaz frente a ostensibles o manifiestas violaciones a derechos fundamentales taxativamente señalados en el artículo 20 de la Constitución y que puedan establecerse sumariamente, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben adoptar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amenace o moleste dicho ejercicio, siendo requisito indispensable demostrar la existencia de dicho acto u omisión, así como la forma en que se están vulnerando los derechos invocados.

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