11°C · Despejado·Santiago·Viernes, 31 de julio de 2026

Actualidad Internacional

Vía cautelar

Justicia argentina suspende control de asistencia de funcionarios públicos mediante geolocalización

Se ordenó suspender el control de asistencia por geolocalización a los empleados públicos de Buenos Aires que realizan tareas en la vía pública. El tribunal fundó su decisión en la falta de un acto administrativo formal que respalde la obligación de los trabajadores de utilizar sus dispositivos móviles particulares para fines laborales.

Por LUIS EDWARDS TAPIA·28 de mayo de 2026
control de asistencia de funcionarios públicos mediante geolocalización
Imagen referencial

El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario de Buenos Aires (Argentina) admitió una medida cautelar autónoma promovida por una asociación de trabajadores estatales. Mediante esta resolución, la autoridad judicial ordenó interrumpir la aplicación obligatoria de la Hoja de Ruta Electrónica, una herramienta tecnológica que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires estableció con el propósito de supervisar el cumplimiento horario y la ubicación de su personal en dependencias externas.

La organización sindical recurrió a los tribunales tras la implementación de este mecanismo en abril de 2026. La representación de los trabajadores argumentó que la disposición se introdujo de manera sorpresiva, omitiendo las instancias de negociación colectiva y careciendo de un acto administrativo formal. Asimismo, el gremio manifestó preocupación respecto a la seguridad de la información privada de los empleados, considerando que la fiscalización requería el uso de sus teléfonos celulares personales para emitir reportes de ubicación y registros constantes a través de la aplicación WhatsApp.

Entre los fundamentos de la demanda se expuso que las fallas técnicas del sistema informático ponían en riesgo el salario de los trabajadores ante eventuales descuentos injustificados o sanciones por inasistencia. La entidad gremial también puntualizó que las dinámicas de las funciones territoriales, las guardias operativas y los acompañamientos de carácter social que realiza el personal estatal resultan incompatibles con una plataforma de control de asistencia de estructura rígida.

Por su parte, la administración de la Ciudad de Buenos Aires rechazó los cuestionamientos señalando que el procedimiento forma parte de un plan integral de modernización y reducción del uso de papel en la gestión pública. La defensa del gobierno local sostuvo que el mecanismo no realiza un rastreo continuo de la ubicación del personal, limitándose a constatar las coordenadas geográficas únicamente en el instante preciso del reporte. A su vez, los representantes estatales afirmaron la existencia de vías de registro alternativas para aquellos operarios que presenten inconvenientes de conectividad o carezcan de equipos móviles aptos.

Al examinar los antecedentes del caso, el juez determinó que las autoridades de la ciudad no presentaron las pruebas documentales que acreditaran la existencia de una norma o resolución oficial que valide la obligación de los empleados de aportar sus herramientas de comunicación privadas para el control de la jornada laboral. El magistrado enfatizó que las acciones de la administración pública deben ajustarse estrictamente al principio de legalidad y someterse a reglas jurídicas definidas para evitar decisiones arbitrarias que eludan los mecanismos de control institucional.

Vea sentencia tribunal argentino.

Te puede interesar