Acción de Protección
Educación inclusiva
SLEP de Valdivia deberá elaborar plan para reconstruir o reubicar escuela diferencial destruida por incendio
La Corte de Valdivia acogió el recurso del INDH y estimó que mantener por más de tres años a estudiantes con discapacidad visual y múltiple en dependencias provisorias vulnera su integridad, igualdad ante la ley y acceso efectivo a la educación. El tribunal ordenó al SLEP presentar en 90 días un plan formal, verificable y con enfoque de accesibilidad para resolver definitivamente la situación de la Escuela Diferencial Ann Sullivan.

La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió un recurso de protección interpuesto por el Instituto Nacional de Derechos Humanos en favor de los y las estudiantes de la Escuela Diferencial Ann Sullivan de Valdivia, en contra del Servicio Local de Educación Pública de Valdivia, al estimar que la autoridad incurrió en una omisión ilegal y arbitraria al no adoptar medidas suficientes para garantizar condiciones materiales mínimas, seguras, accesibles y adecuadas para el ejercicio del derecho a la educación de estudiantes con discapacidad visual y múltiple.
El caso se originó a partir de la situación que afecta a la Escuela Diferencial Ann Sullivan, único establecimiento especializado en discapacidad visual desde Concepción hacia el sur, que fue destruido por un incendio ocurrido en marzo de 2023. Desde entonces, sus estudiantes y personal fueron trasladados provisoriamente a dependencias de la Escuela Walter Schmidt, régimen de contingencia que se ha mantenido por más de tres años.
Durante ese período, los estudiantes han debido desarrollar sus actividades en espacios reducidos, con problemas de infraestructura, accesibilidad y seguridad, sin que exista un proyecto definido de reconstrucción o reubicación del establecimiento. Además, se constató una disminución significativa de la matrícula y la persistencia de condiciones inadecuadas para atender las necesidades especiales del alumnado.
El INDH sostuvo que la omisión del SLEP de Valdivia vulneraba las garantías constitucionales de integridad física y psíquica, igualdad ante la ley y derecho a la educación, al mantener a estudiantes con discapacidad visual y múltiple en dependencias provisorias que no responden adecuadamente a sus necesidades.
En su presentación, el INDH solicitó que la Corte ordenara al SLEP elaborar un plan integral, formal, fundado y verificable para solucionar definitivamente la situación de la Escuela Ann Sullivan. Pidió, además, que dicho plan contemplara un cronograma de reconstrucción o reubicación, etapas de diseño, financiamiento, ejecución, responsables y presupuesto; que se mantuvieran condiciones equivalentes o superiores de calidad, seguridad y accesibilidad mientras subsistiera la situación provisoria; y que se dispusieran medidas de seguimiento y coordinación interinstitucional para garantizar el cumplimiento de las obligaciones estatales respecto de estudiantes con discapacidad.
Por su parte, el SLEP alegó haber adoptado diversas medidas destinadas a asegurar la continuidad del servicio educativo, tales como mantenciones de infraestructura, apoyos pedagógicos especializados, transporte escolar y un plan de contingencia para el funcionamiento temporal de la escuela. Sobre esa base, sostuvo que no existía una omisión ilegal o arbitraria imputable a su actuación.
La Corte recordó que, conforme a la Ley N°21.040, corresponde a los Servicios Locales de Educación Pública garantizar las condiciones de infraestructura necesarias para los establecimientos educacionales bajo su administración. Asimismo, destacó las obligaciones asumidas por el Estado de Chile en virtud de la Convención sobre los Derechos del Niño y de la Ley N°20.422, sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de las personas con discapacidad.
La Corte de Valdivia acogió el recurso de protección, sin costas. El tribunal concluyó que el SLEP incurrió en una omisión ilegal y arbitraria al no adoptar medidas destinadas a solucionar de manera definitiva la situación de la Escuela Diferencial Ann Sullivan, manteniendo por un tiempo irrazonablemente prolongado un régimen de contingencia que no garantiza condiciones adecuadas para estudiantes con discapacidad visual y múltiple.
El tribunal concluyó que mantener durante más de tres años un régimen de contingencia, sin un plan concreto de reconstrucción o reubicación, constituye una omisión ilegal y arbitraria. Estimó que las medidas implementadas por el SLEP solo permitían una habilitación mínima del recinto y no satisfacían las necesidades especiales de los estudiantes, afectando su acceso efectivo a una educación adecuada y vulnerando sus derechos constitucionales.
Como medida destinada a restablecer el imperio del derecho, la Corte ordenó al SLEP elaborar, dentro del plazo de 90 días corridos, un plan integral, formal, fundado y verificable que contemple la reconstrucción o reubicación definitiva del establecimiento. Dicho plan deberá incluir cronograma, financiamiento, responsables y presupuesto, todo ello con enfoque de accesibilidad y adecuación razonable, de modo de responder a las necesidades específicas del alumnado.
De este modo, el conflicto jurídico fue resuelto en favor de los estudiantes, al estimar la Corte que la prolongada permanencia de niños, niñas y adolescentes con discapacidad visual y múltiple en dependencias provisorias, sin una solución definitiva por parte del SLEP, vulnera sus derechos fundamentales. Para el tribunal, la mantención indefinida de un plan de contingencia, sin medidas concretas de reconstrucción o reubicación, afecta la integridad física y psíquica, la igualdad ante la ley y el acceso efectivo a la educación de los estudiantes de la Escuela Diferencial Ann Sullivan.
Vea sentencia Corte de Valdivia Rol N°592-2026 (Protección).
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